C-325 de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Nixon Torres Carcamo Y Otros·Demandado Ley 734 De 2002
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter rogado
- Naturaleza jurídica
- Carácter público
- Finalidad
- Competencia de la Corte Constitucional
- Contenido normativo
- Cumplimiento de requisitos
- Ineptitud sobreviniente a la admisión de la demanda
- Vigencia normativa como presupuesto para su estudio
- Improcedencia
- Servidores públicos de elección popular
- Clases
- Jurisprudencia constitucional
- Distinción
- Incumplimiento de requisitos de certeza y especificidad en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 38, 44, 45 y 46 (parciales) de la Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único, y de los artículos 42, 48 y 49 (parciales) de la Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario.
Los demandantes consideran que las disposiciones censuradas vulneran los artículos 23 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, la cual hace parte del bloque de constitucionalidad y 93 de la Constitución Política, en los términos en los que fue decidido el caso Petro Urrego vs Colombia de la CIDH.
Durante el trámite surtido ante la Corte Constitucional fueron promulgadas las Leyes 2080 y 2094 de 2021, las cuales, a pesar de no derogar los artículos parcialmente demandados, sí cambiaron su alcance y el sistema normativo relacionado con el ejercicio y la imposición de sanciones e inhabilidades disciplinarias y fiscales que adelantan la Procuraduría y la Contraloría y, en tal sentido, el Legislador estableció nuevos modelos de investigación y juzgamiento en los procesos que adelantan las mencionadas autoridades.
Ante la falta de aptitud del cargo, por circunstancias sobrevinientes a la admisión de la demanda, la Sala Plena de la Corporación se INHIBIÓ para adelantar un pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del Pueblo, y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los articulos 38, 44, 45 y 46 (parciales) de la Ley 734 de 2002 -Codigo Disciplinario Unico-, y de los articulos 42, 48 y 49 (parciales) de la Ley 1952 de 2019 -Codigo General Disciplinario, por ineptitud sobreviniente a la admision de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.