C-395 de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Charry Urueña Juan Manuel·Demandado Ley 2161 De 2021
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pronunciamiento debió limitarse al contenido de la norma demandada
- Concepto
- Criterios para determinar asuntos sujetos a reserva de ley marco
- No todas las materias tienen reserva de ley marco
- Naturaleza
- Reparto de competencias entre el Congreso y el Presidente de la República
- Distribución de competencias entre legislador y ejecutivo
- Materias de las que se ocupa
- Límites que debe atender el legislador
- Reserva
- Potestad del Gobierno Nacional para fijar el porcentaje del descuento en la prima y el tope porcentual a los cargos por intermediación en su venta
- Normas reguladoras
- Alcance de la competencia del legislador para su regulación
- Alcance
- Materias sujetas tanto a la reserva de ley marco como a la reserva general que tiene el Congreso para regular el tránsito
- Adopción sin deliberación ciudadana erosiona la legitimidad del fallo
- Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2º de la Ley 2161 de 2021, por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones.
El demandante considera que la disposición acusada vulnera los artículos 83, 150-19, literal d, 157 y 189-24 de la Constitución, porque el Congreso de la República desbordó la competencia de fijar pautas y criterios generales, invadiendo la órbita del Gobierno Nacional de establecer las disposiciones específicas en la materia.
Luego de exponer el contenido de la norma acusada y el sentido de la regulación constitucional de las leyes marco en materia aseguradora, La Corte estudió si el precepto legal demandado desconocía dichos parámetros constitucionales.
Se declaró EXEQUIBLE el artículo 2° de la ley 2161 de 2021, referido a un descuento por única vez en la prima del SOAT, salvo por la expresión “del diez por ciento (10%)”, contenida en su parágrafo 1°, y todo el parágrafo 3°, que se declaran INEXEQUIBLES, por vulnerar las competencias del Gobierno Nacional
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el artículo 2° de la Ley 2161 de 2021, excepto por la expresión "del diez por ciento (10%)" contenida en el parágrafo 1° y todo el parágrafo 3°, que se declaran INEXEQUIBLES.
- Notifíquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- Ausente con comisión
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- Con salvamento parcial de voto
- HERNÁN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E)
- Con salvamento parcial de voto
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- Con aclaración de voto
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.