Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de noviembre de 2022Sala Plena

C-395 de 2022

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Charry Urueña Juan Manuel·Demandado Ley 2161 De 2021

Tema · dato duro
Incentivos Por Buen Comportamiento Vial. Descuento Del Diez Por Ciento Sobre El Valor De La Prima Del Seguro Obligatorio De Accidentes De Tránsito (Soat).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Pronunciamiento debió limitarse al contenido de la norma demandada
Actividad Aseguradora
  • Concepto
  • Criterios para determinar asuntos sujetos a reserva de ley marco
  • No todas las materias tienen reserva de ley marco
  • Naturaleza
  • Reparto de competencias entre el Congreso y el Presidente de la República
Ley Marco
  • Distribución de competencias entre legislador y ejecutivo
  • Materias de las que se ocupa
  • Límites que debe atender el legislador
  • Reserva
Seguro Obligatorio De Accidentes De Tránsito
  • Potestad del Gobierno Nacional para fijar el porcentaje del descuento en la prima y el tope porcentual a los cargos por intermediación en su venta
  • Normas reguladoras
  • Alcance de la competencia del legislador para su regulación
  • Alcance
  • Materias sujetas tanto a la reserva de ley marco como a la reserva general que tiene el Congreso para regular el tránsito
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Adopción sin deliberación ciudadana erosiona la legitimidad del fallo
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
6 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2º de la Ley 2161 de 2021, por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

El demandante considera que la disposición acusada vulnera los artículos 83, 150-19, literal d, 157 y 189-24 de la Constitución, porque el Congreso de la República desbordó la competencia de fijar pautas y criterios generales, invadiendo la órbita del Gobierno Nacional de establecer las disposiciones específicas en la materia.

Luego de exponer el contenido de la norma acusada y el sentido de la regulación constitucional de las leyes marco en materia aseguradora, La Corte estudió si el precepto legal demandado desconocía dichos parámetros constitucionales.

Se declaró EXEQUIBLE el artículo 2° de la ley 2161 de 2021, referido a un descuento por única vez en la prima del SOAT, salvo por la expresión “del diez por ciento (10%)”, contenida en su parágrafo 1°, y todo el parágrafo 3°, que se declaran INEXEQUIBLES, por vulnerar las competencias del Gobierno Nacional

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 42Ley 769/02EXEQUIBLE
Art. 2Ley 2161/21INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el artículo 2° de la Ley 2161 de 2021, excepto por la expresión "del diez por ciento (10%)" contenida en el parágrafo 1° y todo el parágrafo 3°, que se declaran INEXEQUIBLES.
  2. Notifíquese y cúmplase.
  3. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  4. Presidenta
  5. NATALIA ÁNGEL CABO
  6. Magistrada
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  10. Magistrado
  11. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  12. Magistrado
  13. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  14. Magistrado
  15. Ausente con comisión
  16. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  17. Magistrada
  18. Con salvamento parcial de voto
  19. HERNÁN CORREA CARDOZO
  20. Magistrado (E)
  21. Con salvamento parcial de voto
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. Con aclaración de voto
  25. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
Salvamento parcialHernán Leandro Correa CardozoAclaraciónJosé Fernando Reyes CuartasSalvamento parcialPaola Andrea Meneses Mosquera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.