C-470 de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Rojas Neira Carlos Augusto·Demandado Ley 2283 De 2023
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Elementos esenciales
- Carácter consensual, bilateral, oneroso y de ejecución sucesiva
- Alcance
- No son absolutas
- Niveles de intensidad
- Intensidad leve
- Alcance de la competencia del legislador para su regulación
- Normas reguladoras
- Es voluntario
- Control de constitucionalidad con normas no invocadas
- Presupuestos constitucionales que rigen su desarrollo
- Contenido y alcance
- Concepto
- Garantías que comprende
- Se vulnera en norma que obliga a Centros de Diagnóstico Automotor a tomar un seguro de responsabilidad civil extracontractual ajeno a su actividad económica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 6 de la Ley 2283 de 2023, por medio de la cual se modifica la Ley 769 de 2002, se reglamenta la actividad de los organismos de apoyo al tránsito, garantizando el buen funcionamiento de los centros de enseñanza automovilística -CEA-, como mecanismo de prevención y amparo de la siniestralidad vial, y se dictan otras disposiciones.
El actor considera que dicha disposición demandada vulnera el artículo 333 de la Constitución, el cual garantiza el derecho a la libertad económica e iniciativa privada.
Esto, porque crea una obligación a cargo de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) consistente en adquirir y pagar, en calidad de tomador, una póliza de seguro para cubrir la responsabilidad civil extracontractual respecto de los vehículos en los que se realicen las revisiones técnico-mecánicas en sus establecimientos.
Según el demandante, dicha carga es desproporcionada e irracional frente a las competencias y responsabilidades de los CDA.
Concluyó la Corte que la disposición demandada viola el núcleo esencial de la libertad de empresa dentro del marco de libertad económica e iniciativa privada que garantiza el artículo 333 Superior, al interferir en los asuntos internos de la empresa e impedir que perciban un beneficio económico razonable al tener que constituir una póliza de seguro, a cargo de su patrimonio y destinada a amparar cualquier riesgo de responsabilidad extracontractual, incluyendo aquellos que son ajenos al servicio que prestan a la comunidad.
Con base en lo anterior, se declaró INEXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- ÚNICO. - Declarar INEXEQUIBLE el artículo 6 de la Ley 2283 de 2023 "Por medio de la cual se modifica la Ley 769 de 2002, se reglamenta la actividad de los organismos de apoyo al tránsito, garantizando el buen funcionamiento de los centros de enseñanza automovilística - CEA, como mecanismo de prevención y amparo de la siniestralidad vial, y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.