Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de julio de 2024Sala Plena

C-276 de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Revisión De Constitucionalidad De Ley Aprobatoria Del Acuerdo Entre Colombia Y Venezuela Sobre El Transporte Internacional De Carga Y Pasajeros Por Carretera. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Transito Vehicular
  • Competencia del legislador para regularlo
Acuerdo Entre Colombia Y Venezuela Sobre Transporte Internacional De Carga Y Pasajeros Por Carretera
  • Condiciones para la prestación del servicio de transporte
  • Se ajusta a la Constitución
  • Objetivos y alcance
Consulta Previa De Comunidad Etnica
  • No se requiere cuando disposiciones de tratado no la afecta de manera directa y específica
Libertad De Empresa
  • Garantías que comprende
Regulacion Del Transito Terrestre
  • Finalidad de garantizar la seguridad y comodidad de los habitantes
Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Características
  • Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control de constitucionalidad de la Ley 2301 de 2023, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera, suscrito en Cartagena de Indias, República de Colombia, el 1 de agosto de 2014.

Respecto al control formal de la precitada Ley concluyó la Corte que, tanto la fase gubernamental previa, como el trámite ante el Congreso de la República, se adelantaron de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales.

En relación con el control del contenido material del Tratado, advirtió que dicho instrumento internacional respeta la soberanía, pues no impone una carga desproporcionada al Estado que lo obligue a tomar medidas en contra de su normatividad.

Con base en lo anterior, declaró Constitucional el Acuerdo internacional y EXEQUIBLE su Ley aprobatoria.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2301/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 2301/23 «[p]or medio de la cual se aprueba el»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar CONSTITUCIONAL el "Acuerdo entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera" suscrito en Cartagena de Indias, República de Colombia, el 1 de agosto de 2014.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 2301 de 2023, "[p]or medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera", suscrito el 1 de agosto de 2014 en Cartagena de Indias, República de Colombia".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.