Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de septiembre de 2023Sala Plena

C-360 de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Revision De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y De Su Ley Aprobatoria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Características
  • Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
Afectacion Directa De Comunidades Etnicas O Tribales
  • Deber de consulta previa frente a decisión legislativa y administrativa que las afecte directamente, incluso leyes aprobatorias de tratados internacionales y actos legislativos
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • No se requiere cuando la normatividad no dispone intervención específica a los pueblos o comunidades étnicas
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales suscrito en el marco de la plenaria de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019, y de la Ley 2247 de 2022 que lo aprobó.

En relación con las exigencias formales de aprobación, la Corte concluyó que Los precitados instrumentos cumplieron los requisitos para su expedición en sus fases previa, de trámite ante el Congreso de la República y de sanción presidencial.

En cuanto al control material de las disposiciones revisadas precisó también que son compatibles con la Constitución.

Con base en lo anterior, se declaró CONSTITUCIONAL el Tratado de la referencia y EXEQUIBLE su Ley aprobatoria.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2247/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 2247/22EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 2247 del 11 de julio de 2022, “Por medio de la cual se aprueba el «Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales», suscrito en el marco de la plenaria de la Conferencia de ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019”.
  2. Segundo. Declarar CONSTITUCIONAL el tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, suscrito en el marco de la plenaria de la Conferencia de ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019.
  3. Tercero. Disponer que se comunique esta sentencia al presidente de la República para lo de su competencia, así como al presidente del Congreso de la República.
  4. Notifíquese, comuníquese y cúmplase,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.