Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de septiembre de 2022Sala Plena

C-321 de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Ojeda Perdomo Juan José·Demandado Ley 2161 De 2021

Tema · dato duro
Vehículos Automotores. Obligaciones Que Deben Cumplir Los Propietarios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Propiedad Privada
  • Derecho y deber
Propietario De Vehículo
  • Obligaciones y sanciones por incumplimiento no vulneran principio de responsabilidad personal ni derecho a la presunción de inocencia
  • Responsabilidad debe establecerse en el marco de un proceso administrativo contravencional de tránsito
Principio De Unidad De Materia
  • Conexidad causal, teleológica, temática o sistemática
  • Finalidad
  • No vulneración por existencia de conexidad temática y teleológica con la materia dominante
  • Contenido y alcance
Transito Terrestre
  • Finalidades de su regulación
Servicio Publico Y Privado De Transporte
  • Elemento definitorio de la diferencia entre uno y otro tipo
Vehículo Automotor
  • Obligaciones del propietario
Prestacion Del Servicio Publico De Transporte
  • Debe tener autorización del Estado
Presuncion De Inocencia
  • Garantía del debido proceso
17 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, por la cual se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), se modifica la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

La demanda se fundamentó en dos cargos.

El primero en la presunta violación del artículo 158 de la Constitución en el que se establece el principio de unidad de materia.

El segundo en la presunta violación de artículos 6 y 29 de la Carta, de los que se deprenden el principio de responsabilidad personal en materia sancionatoria y el derecho a la presunción de inocencia.

La Corte consideró que el propietario de un vehículo automotor deberá velar porque éste circule habiendo adquirido el seguro obligatorio de accidentes de tránsito y realizado la revisión técnico mecánica en los plazos previstos en la ley.

Concluyó que el incumplimiento de tal deber legal es sancionable conforme al código nacional de tránsito. así mismo, debe velar porque el vehículo de su propiedad circule por lugares y en horarios autorizados, sin exceder los límites de velocidad permitidos y respetando la luz roja del semáforo y podrá ser sancionado cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que, de manera culposa, incurrió en las citadas infracciones de tránsito.

Con base en lo anterior se declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la disposición acusada, bajo el entendido que el propietario del vehículo podrá ser sancionado cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que este, de manera culposa, incurrió en las infracciones de tránsito analizadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 769/02EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. ÚNICO.- Declarar EXEQUIBLE el artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, por los cargos analizados, con excepción de los literales c, d y e, los cuales se declaran EXEQUIBLES bajo el entendido que el propietario del vehículo podrá ser sancionado cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que este, de manera culposa, incurrió en las infracciones de tránsito analizadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónAntonio José Lizarazo OcampoSalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.