Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de diciembre de 2010Sala Plena

C-980 de 2010

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Julian Arturo Polo Echeverry Y Diana Alejandra Gonzalez Martinez·Demandado Ley 1383 De 2010 Articulo 22

Tema · dato duro
Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comparendo E Infraccion De Transito
  • Notificación por correo no implica responsabilidad objetiva para el propietario del vehículo
  • Notificación por correo no vulnera el debido proceso ni la igualdad
Derecho Al Debido Proceso Administrativo
  • Exige a la administración pública sumisión plena a la Constitución y a la ley en el ejercicio de sus funciones
Debido Proceso Administrativo
  • Desarrollo jurisprudencial
Debido Proceso
  • Derechos que comprende
  • Se extiende a toda clase de actuaciones administrativas
Legislador
  • Competencia para regular el derecho al debido proceso
  • Competencia para determinar las condiciones en que debe operar el reconocimiento y la realización del principio de publicidad
Notificacion Por Correo
  • Mecanismo idóneo y eficaz para poner en conocimiento de las partes y terceros interesados las decisiones adoptadas por autoridades administrativas y judiciales
  • Precisiones en torno a su alcance y efectividad
Principio De Publicidad
  • Alcance y exigibilidad
  • Contenido
  • Diferencias entre las manifestaciones
  • Finalidad
Derecho Al Debido Proceso
  • Concepto y alcance
  • Límites a la libertad de configuración del legislador
Accion De Tutela Contra El Iss
  • Pago de incapacidades causadas después de 180 días
Notificacion Por Correo De Comparendo E Infraccion De Transito
  • No se advierte que se patrocine algún tipo de discriminación
Principio De Publicidad En Actuacion Judicial
  • Deber de motivación en aspectos de hecho y derecho y de puesta en conocimiento
16 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1383 de 2010 “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito y se dictan otras disposiciones” artículo 22, regula el procedimiento para imponer un comparendo, el aparte acusado es el siguiente “Para el servicio además se enviará por corro dentro de los tres (3) días hábiles siguientes copia del comparendo al propietario del vehiculo, a la empresa a la cual se encuentra vinculado y a la Superintendencia de Puertos y Transporte para lo de su competencia” “En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario, quien estará obligado al pago de la multa”, los demandantes consideran que estos apartes son contrarios al principio de igualdad y debido proceso, ya que la notificación por correo no garantiza una orden formal de notificación y por ende no se materializa el derecho de contradicción, además se establece un régimen de responsabilidad objetiva en cabeza del propietario del vehículo, ya que con la sola notificación de la infracción se le impone la obligación de pagar la multa.

La Corte se pronuncia sobre el concepto y alcance del derecho del debido proceso, la competencia del legislador para regular el derecho al debido proceso administrativo, el principio de publicidad en las actuaciones de la administración, la notificación por correo de los actos de la administración, se concluye que a partir de una lectura sistemática del texto acusado, debe entenderse que el sentido de la notificación de la infracción al propietario, cumple la doble función de enterarlo sobre la existencia del comparendo, y, a su vez de permitirle comparecer al proceso administrativo para defender y hacer valer sus derechos cuando así lo considere, más no significa que la sanción se produzca de manera automática, y se le da la oportunidad de comparecer al proceso cuando así lo considere, se establece entonces que el aparte acusado no establece una forma de responsabilidad objetiva, ni viola el derecho al debido proceso, por lo tanto se decide declarar el aparte acusado.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 769/02EXEQUIBLE
Art. 22Ley 1383/10 «inciso 5»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, la expresion "Para el servicio ademas se enviara por correo dentro de los tres (3) dias habiles siguientes copia del comparendo al propietario del vehiculo, a la empresa a la cual se encuentra vinculado y a la Superintendencia de Puertos y Transporte para lo de su competencia", prevista en el inciso
  4. tercero. del articulo 22 de la Ley 1383 de 2010.
  5. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, la expresion "En tal caso se enviara por correo dentro de los tres (3) dias habiles siguientes la infraccion y sus soportes al propietario, quien estara obligado al pago de la multa", prevista en el inciso
  6. quinto. del articulo 22 de la Ley 1383 de 2010.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.