Micelio
Sentencia de Tutela24 de julio de 2024

T-299 de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Rivera Soto Camilo·Demandado Corporacion Autonoma Regional Del Valle Del Cauca Cvc

Tema · dato duro
Derechos Fundamentales De Comunidades Étnicas Diferenciadas-Controversia Sobre Acto Administrativo De Conformación Del Consejo De Cuenca (Improcedencia Por Requisito De Subsidiariedad Y No Acreditar Perjuicio Irremediable).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actos Administrativos De Caracter Particular Y Concreto
  • Improcedencia por cuanto el accionante puede interponer acción de nulidad y restablecimiento del derecho y no se evidencia un perjuicio irremediable
Comunidades Étnicas Negras, Afrodescendientes O Afrocolombianas
  • Procedencia de la acción de tutela por ser sujetos colectivos titulares de derechos fundamentales, merecedores de especial protección constitucional
Derecho A La Participación En Materia Ambiental
  • Vulneración por no garantizar la participación activa y eficaz de la comunidad en asuntos que los afectan
Juez De Tutela
  • Facultad de fallar extra y ultra petita
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante, en su condición de representante legal del Consejo Comunitario de Negritudes Afrozabaletas, adujo que la entidad accionada vulneró derechos fundamentales al haber dejado por fuera al Consejo que representa de la conformación del Consejo de Cuenca y, con ello, su participación en el Plan de Ordenamiento de la Cuenca Guabas-Sabaletas-Sonso.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos de procedencia de la acción de tutela se concluyó que resultaba IMPROCEDENTE, por no superar la causal general de subsidiariedad.

Se precisó que la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para decidir el presente caso, toda vez que no se evidenció la ocurrencia de un perjuicio irremediable y que la calidad de sujeto de especial protección constitucional del accionante no le impide agotar los medios de defensa judicial a su alcance.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 22 de agosto de 2023 emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ginebra, mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela incoada por Camilo Rivera Soto, en representación del Consejo Comunitario de Negritudes Afrozabaletas, contra la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.
  2. SEGUNDO. DESVINCULAR del proceso de tutela a la Agencia Nacional de Tierras por no contar con la legitimación en la causa por pasiva.
  3. TERCERO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoVladimir Fernández Andrade
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.