C-034 de 2014
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Juan Jose Gomez Ureña·Demandado Ley 1437 De 2011, Articulo 40 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Involucra los derechos de defensa y contradicción
- Facultad de aportar y controvertir las pruebas
- Característica de especial relevancia en la Constitución
- Función
- Distinción entre garantías previas y garantías posteriores
- Contenido y alcance
- Garantías mínimas
- Ambito de desarrollo
- Se extiende a toda clase de actuaciones administrativas
- Componente del derecho fundamental al debido proceso
- Jurisprudencia constitucional
- No implica que su alcance sea idéntico en la administración de justicia y en el ejercicio de la función pública
- Jurisprudencia constitucional
- Respeto por el principio democrático
- Test de razonabilidad y proporcionalidad
- Improcedencia de recursos
- Reglas generales sobre el decreto de pruebas
- Definición
- Principio inherente al Estado de Derecho, cuyas características esenciales son el ejercicio de funciones bajo parámetros normativos previamente establecidos y la erradicación de la arbitrariedad
- Imposibilidad de realizar traslación mecánica de sus contenidos al debido proceso administrativo
- Es desproporcionada y afecta los derechos de defensa y contradicción considerados componentes del debido proceso
- No pueden servir de argumento para desconocer las garantías mínimas propias del debido proceso que también se extiende a las actuaciones administrativas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 40 (parcial) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Considera el demandante que el artículo acusado al impedir la procedencia de los recursos contra el acto que niegue la práctica de pruebas en desarrollo de las actuaciones administrativas vulnera el artículo 29 de la Constitución, porque el derecho al debido proceso incluye la garantía de presentar pruebas y no solo de controvertir las que se alleguen en contra.
Para la Corte no es aceptable el argumento del actor y por ello decide declarar la EXEQUIBILIDAD de la expresión “contra el acto que decida la solicitud de pruebas no proceden recursos”, contenida en el artículo 40 de la Ley 1437 de 2011.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1437/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- DECLARAR EXEQUIBLE la expresión "contra el acto que decida la solicitud de pruebas no proceden recursos", contenida en el artículo 40 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.