T-105 de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Fundación Fraternal De Ayuda·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar (Icbf)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Características especiales
- Reglas jurisprudenciales
- Procedimiento disciplinario ajustado al marco legal
- Regla de subsidiariedad es menos rigurosa y se debe atender de manera primordial el interés superior de los menores de edad
- Obligación del Estado de brindar una protección especial
- Alcance y contenido
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se aduce que el ICBF vulneró los derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso y los derechos de las niñas, niños y adolescentes beneficiarios de la Fundación accionante, como consecuencia de la cancelación de la licencia de funcionamiento.
La actora prestaba un servicio público de bienestar familiar a jóvenes con discapacidad mental cognitiva y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, pero en visita realizada por el Instituto se encontraron 61 hallazgos, es decir, falencias en el funcionamiento.
Por lo anterior, se surtió el respectivo proceso administrativo sancionador y se canceló la licencia de funcionamiento.
La Fundación pidió que se revoquen los actos administrativos mediante los cuales se canceló y se ratificó la cancelación de la licencia, se apliquen atenuantes por la corrección de los hallazgos y se pondere la dosificación de las sanciones.
Luego de verificar los requisitos de procedencia de la acción de tutela, específicamente el de legitimación en la causa por activa, se analizó temática relacionada con el debido proceso administrativo sancionador.
Por no encontrar la vulneración de garantías constitucionales alegadas por la parte actora, se DENIEGA el amparo invocado.
Se ordena compulsar copias a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que investigue el proceder de la persona que presentó la acción de tutela al poder estar incurso en falta disciplinaria.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 27 de diciembre de 2021 por el Juzgado
- Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, dentro del proceso de tutela promovido por la Fundación Fraternal de Ayuda contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que declaró la improcedencia de la acción de tutela por la existencia de otros medios de defensa judiciales. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales invocados por la Fundación Fraternal de Ayuda por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional se compulsen copias a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que investigue el proceder de la persona que presentó la acción de tutela al poder estar incurso en falta disciplinaria.
- Tercero. LÍBRENSE por Secretaría General las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.