Micelio
Sentencia de Tutela9 de junio de 2022

T-209 de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Defensor Publico Regional Atlantico Y Otro·Demandado Direccion Nacional De Registro Civil Y Otros

Tema · dato duro
Derecho A La Nacionalidad, A La Personalidad Jurídica Y A La Identidad De Niños, Niñas Y Adolescentes Extranjeros, Hijos De Colombianos, Que Actualmente Residen En Colombia-Reiteración De Jurisprudencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Nacionalidad De Los Niños Y Niñas
  • Protección nacional e internacional
Derecho A La Nacionalidad, Personalidad Jurídica Y Estado Civil De Nacionales Venezolanos
  • Vulneración del debido proceso administrativo al hacer exigencias adicionales para la inscripción extemporánea del nacimiento en el registro civil colombiano
Nacionalidad
  • Dimensiones
  • Alcance
  • Concepto
Nacionalidad Colombiana
  • Requisitos y normatividad
Nacionalidad Y Registro Civil Del Nacido En El Exterior
  • Orden a Registraduría inscribir nacimiento extemporáneo de menor, sin exigir el requisito de apostille siempre y cuando el accionante acuda con mínimo dos testigos que den fe de dicho nacimiento
Principio De Subsidiariedad De La Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional en caso de no existir otro medio de defensa judicial
Inscripcion En El Registro Civil De Nacimiento
  • Materializa los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre y al estado civil
Inscripción Extemporánea Del Nacimiento En El Registro Civil
  • Marco normativo
  • Medidas especiales para nacionales venezolanos
Reconocimiento De La Nacionalidad Como Garantia De Los Derechos De Los Menores
  • Deber de diligencia y protección del Estado que debe remover cualquier obstáculo administrativo para su reconocimiento ágil y eficaz
Registro Civil De Nacimiento
  • Importancia constitucional
Migracion Masiva De Ciudadanos Venezolanos
  • Acciones del Estado Colombiano para enfrentar crisis humanitaria
Derecho A La Nacionalidad
  • Atributo de la personalidad y derecho fundamental autónomo
17 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se solicita el amparo en favor de menores de edad nacidos en Venezuela, a quienes las entidades accionadas les han vulnerado sus derechos fundamentales al negarse a inscribirlos en el registro civil colombiano, bajo el argumento de no aportar los documentos exigidos para este trámite, debidamente apostillados por las autoridades venezolanas.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

El derecho a la nacionalidad de los niños y niñas. 2º.

El marco jurídico interno de la nacionalidad por nacimiento. 3º.

El derecho a la personalidad jurídica y el registro civil de nacimiento y, el debido proceso administrativo.

En ambos casos se CONCEDE el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (15 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 26 de febrero de 2021 proferida por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Barranquilla en el expediente T-8.287.364. En su lugar, TUTELAR el derecho al debido proceso y en consecuencia los derechos fundamentales a la nacionalidad, al estado civil y a la personalidad jurídica de CDMV y SMV.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través de la Registraduría Municipal de Baranoa que, una vez cumplidos los requisitos por parte de los accionantes, siempre y cuando aporten la declaración de dos testigos que acrediten de manera fidedigna el nacimiento, y sin exigir el requisito de apostille, proceda en un término de 48 horas a inscribir el nacimiento de los menores de edad CDMV y SMV (T-8.287.364) en el registro civil de nacimiento.
  4. TERCERO. REVOCAR la sentencia del 01 de junio de 2021 proferida por el Juzgado
  5. Quinto. Laboral del Circuito de Santa Marta en el expediente T-8.298.060. En su lugar, TUTELAR el derecho al debido proceso y en consecuencia los derechos fundamentales a la nacionalidad, al estado civil y a la personalidad jurídica de CVMB, CNMB y CEMB.
  6. CUARTO. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través de la Registraduría Especial de Santa Marta que, una vez cumplidos los requisitos por parte de los accionantes, siempre y cuando aporten la declaración de dos testigos que acrediten de manera fidedigna el nacimiento, y sin exigir el requisito de apostille, proceda en un término de 48 horas a inscribir el nacimiento de los menores de edad CVMB, CNMB y CEMB (T-8.298.060) en el registro civil de nacimiento.
  7. QUINTO. Por Secretaría General, LIBRAR la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Comuníquese y cúmplase.
  9. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  10. Magistrado
  11. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  12. Magistrada
  13. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  14. Magistrada
  15. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.