C-167 de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Rafael Rodriguez Mesa Y Otros·Demandado Ley 2008 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clases
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad y suficiencia en los cargos
- Norma que rebasa límites temporales
- Vigencia temporal
- Aplicación del principio de unidad de materia
- Control de constitucionalidad
- No debe sobrepasarse temporal, temática o finalísticamente su propia materia
- Contenido de regulación material
- Análisis de vigencia
- Coherencia del debate legislativo
- Desconocimiento
- Conexidad causal, teleológica, temática o sistemática
- Contenido
- Composición
- Disposiciones generales
- Incumplimiento de requisitos exigidos en cargo por violación al principio de igualdad
- Jurisprudencia constitucional
- Ejecución y cumplimiento
- Criterios para verificación de producción de efectos
- Indicación precisa del objeto demandado, el concepto de violación y la razón por la cual la Corte Constitucional es competente
- Distinción
- No se pueden incorporar normas que no guarden relación con el fin de las mismas
- Procedencia respecto de normas vigentes o de aquellas que habiendo perdido su vigencia pueden continuar produciendo efectos jurídicos
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto
- Requisitos en la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 98 de la Ley 2008 de 2019, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1ro de enero al 31 de diciembre de 2020.
Los demandantes formularon siete cargos de inconstitucionalidad, a saber: (i) violación del principio de unidad de materia, (ii) vulneración del principio de igualdad¸(iii) violación del artículo 44 de la Constitución Política; (iv) desconocimiento del artículo 48 Superior que reconoce el derecho a la seguridad social; (v) violación del derecho fundamental al mínimo vital; (vi) desconocimiento de lo previsto en el artículo 46 Superior; y, (vii) vulneración del deber de protección especial a personas en condición de discapacidad dispuesto en el artículo 47 ibídem.
La Corte circunscribió el problema jurídico en determinar si el artículo acusado desconoce el principio de unidad de materia previsto en el artículo 158 de la Constitución Política, al incluir en una ley anual de presupuesto una norma que fija un plazo máximo de 10 meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, para que la Nación, las entidades territoriales o cualquier entidad del orden central o descentralizada por servicios, paguen las sumas de dinero a las que hayan sido condenadas judicialmente como consecuencia del reconocimiento de una prestación del Sistema de Seguridad Social Integral.
La Sala Plena concluyó que la disposición censurada sí trasgrede el principio mencionado por cuanto: (i) excede la vigencia anual del presupuesto de la vigencia 2020; (ii) modifica un asunto sustantivo relativo a la exigibilidad de una condena judicial; y, (iii) no es instrumental para la debida ejecución del presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia 2020.
Con base en lo anterior, declaró su INEXEQUIBILIDAD.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2008/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE, el articulo 98 de la Ley 2008 de 2019, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1deg de enero al 31 de diciembre de 2020".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.