C-507 de 2020
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Juan Esteban Sanin Gomez·Demandado Ley 2010 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Análisis flexible
- Diversidad de contenidos temáticos con relación de conexidad
- Conexidad causal, teleológica, temática o sistemática
- Principio de transparencia
- Coherencia del debate legislativo
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
- Preservación de la unidad temática
- Efectos ex nunc
- Pueden darse excepcionalmente efectos ex tunc solamente cuando la Corte lo estipula expresamente
- Efectos retroactivos
- Reglas para establecer efectos temporales
- Autonomía en aspectos administrativos, presupuestales y jurídicos
- Naturaleza jurídica
- Competencia para modular los efectos de sus sentencias
- Efectos retroactivos
- Vulneración al incluir norma de carácter salarial o prestacional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 153 de la Ley 2010 de 2019, por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones.
La norma acusada establece que los funcionarios de la Auditoría General tienen derecho al reconocimiento y pago de la bonificación de quinquenio, en los mismos términos en que el ordenamiento prevé para los funcionarios de la Contraloría General de la República.
El demandante adujo que disposición acusada desconoce el principio de unidad de materia contemplado en el artículo 158 Superior, por cuanto su contenido no refleja ni la materia, ni el título de la ley en la que se incorporó, en armonía con lo dispuesto en el artículo 169 ibídem.
La Corte concluyó que, en la disposición cuestionada no existe el vínculo de conexidad material, teleológica, sistemática o causal con la ley que la incorpora y que en ello se evidencia una infracción abierta, manifiesta y deliberada del principio de unidad de materia.
Con base en lo anterior declaró su INEXEQUIBILIDAD con efectos retroactivos, desde la fecha de promulgación de la ley.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1943/18. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- DECLARAR LA INEXEQUIBILIDAD del artículo 153 de la Ley 2010 de 2019, "por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones", con efectos retroactivos, desde la fecha de promulgación de la ley.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.