C-136 de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante --·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cumplimiento de requisitos de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia
- Constitucionalidad de la norma
- Determinación
- Sujeción de trámite a requisitos generales y especiales previstos en la Constitución
- Control formal
- Consulta previa cuando incluya medidas que afecten directamente a las comunidades étnicas
- Presentación e iniciativa legislativa
- Participación de las mujeres
- Bloque de constitucionalidad
- Medidas de cuota
- Medidas afirmativas para promover el acceso a cargos públicos
- Medidas de paridad
- Obligaciones del Estado
- Concepto
- No regula derechos de las personas no binarias
- Aumento de la cuota de participación de las mujeres al cincuenta por ciento se ajusta a la Constitución Política
- Legislador estatutario no puede limitar temporalmente el ejercicio de la potestad reglamentaria
- Paridad de hombres y mujeres en la participación en las delegaciones internacionales
- Medidas de cuota para hacer efectiva la participación de las mujeres en los cargos de las corporaciones públicas
- Definición
- Protección reforzada y especial de los derechos de la mujer
- Ámbito de protección
- Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
- Carácter jurisdiccional, automático, previo, integral, definitivo y participativo
- Definición
- Definición
- Incompetencia de la Corte Constitucional
- Reglas aplicables
- Criterios para determinar los asuntos que requieren el trámite de ley estatutaria
- Inexistencia por objeto y contenidos normativos diferentes
- No es exigible al no ordenar gasto u otorgar beneficio tributario
- Contenido y alcance
- Consagración constitucional
- Enfoque interseccional
- Protección
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria 093 de 2022 Senado y 349 de 2023 Cámara, por la cual se adoptan medidas para garantizar la participación paritaria de las mujeres en las diferentes ramas y órganos del Poder Público de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
El precitado Proyecto modifica dos disposiciones de la Ley 581 de 2000 y otra de la Ley 1475 de 2011.
El mismo tiene por objeto esencial (i) ampliar la participación obligatoria de las mujeres en los cargos de máximo nivel decisorio del Estado y otros cargos de nivel decisorio del 30% al 50%; (ii) ordenar la paridad entre hombres y mujeres en la participación en las delegaciones oficiales en eventos internacionales; y (iii) determinar que en las listas para corporaciones públicas destinadas a proveer menos de cinco curules, cuando menos una de las candidatas debe ser una mujer.
La Corte realizó el estudio sobre la constitucionalidad, tanto del procedimiento legislativo, como del articulado de la norma.
Se declaró la CONSTITUCIONALIDAD el artículo 1º del precitado Proyecto de Ley, en el entendido de que el plazo de seis meses previsto en el parágrafo segundo no limita el ejercicio de la facultad reglamentaria del presidente luego de cumplido ese plazo y de acuerdo con lo considerado en esta sentencia.
Los artículos 2, 3, y 4 ibidem también fueron declarados constitucionales.
Se envió este fallo y el expediente de la referencia a los presidentes del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, con el fin de que remitan al presidente de la República el texto definitivo del proyecto de ley estatutaria, para los efectos del correspondiente trámite constitucional.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley estatutaria 093/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. En lo que respecta al procedimiento legislativo surtido, declarar CONSTITUCIONAL el Proyecto de Ley Estatutaria 093 de 2022 Senado - 349 de 2023 Cámara "por la cual se adoptan medidas para garantizar la participación paritaria de las mujeres en las diferentes ramas y órganos del Poder Público de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".
- SEGUNDO. Declarar CONSTITUCIONAL el artículo 1º del Proyecto de Ley Estatutaria 093 de 2022 Senado - 349 de 2023 Cámara "por la cual se adoptan medidas para garantizar la participación paritaria de las mujeres en las diferentes ramas y órganos del Poder Público de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones", en el entendido de que el plazo de seis meses previsto en el parágrafo
- segundo. no limita el ejercicio de la facultad reglamentaria del Presidente luego de cumplido ese plazo y de acuerdo con lo considerado en esta sentencia.
- TERCERO. Declarar CONSTITUCIONALES los artículos 2º, 3º y 4º del Proyecto de Ley Estatutaria 093 de 2022 Senado - 349 de 2023 Cámara "por la cual se adoptan medidas para garantizar la participación paritaria de las mujeres en las diferentes ramas y órganos del Poder Público de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".
- CUARTO. Una vez ejecutoriada esta decisión, por medio de la Secretaría General, REMITIR esta sentencia y el expediente de la referencia a los presidentes del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, y con el fin de que remitan al presidente de la República el texto definitivo del proyecto de ley estatutaria, transcrito en el numeral anterior, para los efectos del correspondiente trámite constitucional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.