Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de noviembre de 2023Sala Plena

C-522 de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Chica Duque Felipe·Demandado Ley 2213 De 2022

Tema · dato duro
Reglas Procesales En Actuaciones Judiciales Relacionadas Con La Admisión De La Demanda Son Exequibles Bajo El Entendido Que No Son Aplicables Al Trámite De La Acción De Tutela
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Informalidad
  • Principios rectores
  • Características
Trámite De La Acción De Tutela
  • No son aplicables reglas procesales sobre la admisión de la demanda, exigidas a otros procesos judiciales
  • Reglas procesales sobre la admisión desconocen la reserva de ley estatutaria
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia
  • Criterios para determinar su existencia
Informalidad Del Proceso De Tutela
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Oficiosidad E Informalidad En El Proceso De Tutela
  • Imposibilidad de denegar el amparo con base en argumentos de tipo formalista
Reserva De Ley Estatutaria
  • Criterios para determinar los asuntos que requieren el trámite de ley estatutaria
12 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º (parcial) de la Ley 2213 de 2022, por medio de la cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia y se dictan otras disposiciones.

El demandante alega que los apartados acusados, los cuales establecen cargas en cabeza de los demandantes respecto del trámite de la admisión de la demanda, vulnera el artículo 152 y 229 de la Constitución, por cuanto su ámbito de aplicación incluye también el trámite de la acción de tutela La Corte declaró la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las expresiones cuestionadas, en el entendido que las reglas procesales sobre admisibilidad a las que se refieren no son aplicables al trámite de la acción de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 806/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 6Ley 2213/22 «las expresiones demandadas del inciso 5 del artículo 6° de la Ley 2213 de 2022, de que las reglas procesales sobre inadmisibilidad a las que se refieren no son aplicables al trámite de la acción de tutela.»EXEQUIBLE· condicionado
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Único. Declarar EXEQUIBLES las expresiones demandadas del inciso 5 del artículo 6º de la Ley 2213 de 2022, en el entendido que las reglas procesales sobre admisibilidad a las que se refieren no son aplicables al trámite de la acción de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónAntonio José Lizarazo OcampoAclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.