C-295 de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Cuervo Aponte Cristian Fernando·Demandado Decreto Ley 2663 De 1950
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Ineptitud sustantiva por incumplimiento de requisitos de suficiencia y especificidad
- Figura excepcional
- Interpretación restrictiva
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 250 (parcial) del Decreto Ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo del Trabajo).
El demandante sostuvo que el precepto acusado debía ser declarado condicionalmente exequible, bajo el entendido de que la causal también comprende todo acto delictuoso cometido contra los parientes del empleador dentro del segundo grado civil.
En su concepto, la norma presenta una omisión legislativa relativa que excluye el parentesco civil, lo que constituye una violación de los artículos 5, 13 y 42 de la Constitución.
Al estudiar la aptitud de la demanda la Corte encontró que no cumplía con los requisitos de especificidad y suficiencia que exige un cargo por omisión legislativa relativa.
En consecuencia, concluyó que el cargo formulado era inepto y por ello decidió INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de mérito.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de mérito en relación con el cargo formulado contra la expresión "o sus parientes dentro del
- segundo. grado de consanguinidad y
- primero. en afinidad", contenida en el literal a) del numeral 1 del artículo 250 del Código Sustantivo del Trabajo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.