C-009 de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Pereira Blanco Miltón José Y Otro·Demandado Ley 1123 De 2007
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Criterios para determinar su existencia
- Configuración
- Efectos respecto de decisiones de exequibilidad e inexequibilidad
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Estarse a lo resuelto en la sentencia C-290 de 2008
- Ineptitud sustantiva por incumplimiento de carga argumentativa
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley 1123 de 2007, por la cual se establece el Código Disciplinario del Abogado.
Los demandantes consideran que las normas demandadas desconocen los artículos 29 de la Constitución, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En particular consideran que transgreden el derecho fundamental al debido proceso, por contravenir el principio de legalidad.
En su criterio, ello ocurre porque las faltas disciplinarias no determinan ni identifican la sanción que se debe imponer por incurrir en cada una de aquellas.
En concreto, alegaron que no establecían el castigo ni señalaban los criterios para su tasación.
La Corte estudió la aptitud sustancial de la demanda y determinó que esta no cumplió con los requisitos mínimos para que emitir pronunciamiento de fondo.
En consecuencia, se declaró INHIBIDA.
Así mismo, la Sala consideró que los actores buscaban formular un cargo por omisión legislativa relativa pero que partieron de una lectura aislada de las normas demandadas, porque no tuvieron en cuenta que los artículos 40 a 45 de la Ley 1123 de 2007 y las sentencias C-280 y C-379 de 2008 permitían inferir que no existía la omisión que los demandantes creyeron identificar.
En este aspecto, se resolvió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-290/08 que declaró la exequibilidad del artículo 40 de la Ley 1123 de 2007, por el cargo estudiado en esa decisión.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1123/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-290 de 2008, que declaró la exequibilidad del artículo 40 de la Ley 1123 de 2007, por el cargo estudiado en esa decisión.
- Segundo. INHIBIRSE de adoptar un pronunciamiento de fondo por el cargo analizado en relación con los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35 36, 37, 38 y 39 de la Ley 1123 de 2007, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.