Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de enero de 2016Sala Plena

C-007 de 2016

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Yamid Perdomo España·Demandado Ley 48 De 1993

Tema · dato duro
Servicio Militar Obligatorio. Obligación De Todos Los Varones Colombianos De Definir La Situación Militar
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional Y Nuevo Juicio De Constitucionalidad
  • Procedencia por cambios en el contexto normativo
  • Requisitos de la demanda son más rigurosos
Cosa Juzgada Constitucional
  • Definición y fundamento
  • Reglas para definir efectos según la cosa juzgada sea formal o material
  • Alcance de los eventos que debilitan sus efectos
  • Efectos
Demanda De Inconstitucionalidad Sobre Exclusion De Las Mujeres Para Prestar Servicio Militar Obligatorio
  • Se confundió el ejercicio legítimo de la sana crítica frente a los precedentes jurisprudenciales con una lectura selectiva, alejada de la hermenéutica
  • Se decidió cambiar de forma arbitraria la teoría de la cosa juzgada constitucional ya que el juez no puede de manera caprichosa estarse a lo resuelto
  • Se decidió omitir línea jurisprudencial robusta y consolidada acerca de los límites y efectos de la cosa juzgada constitucional
  • Debió inhibirse de realizar cualquier pronunciamiento de fondo ya que la demanda no reunió todos los requisitos para considerar que los cargos plantea
  • La Sala no hizo otra cosa que confirmar el valor constitucional que un evidente y censurable estereotipo de género tiene en la regla jurisprudencial f
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones que fundamente el concepto de violación deben ser claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Derecho A La Autonomia Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Las Mujeres
  • Vulneración por asignación de roles entre los sexos en condiciones de desigualdad
Exclusion De Las Mujeres Para Prestar Servicio Militar Obligatorio Y Cosa Juzgada Constitucional
  • Improcedencia de adoptar nueva decisión de fondo
  • Exequible, según sentencia C-511/94
Exclusion De Las Mujeres Para Prestar Servicio Militar Obligatorio
  • Corte debió declararse inhibida para emitir pronunciamiento de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda por falta de carga argumentativa
  • Argumentos de la demanda no son jurídicos sino especulaciones, más precisamente estereotipos de género
  • Pronunciamiento sobre cargo que no hace parte de la demanda y sin ser discutido en el proceso participativo que caracteriza el juicio de inconstitucionalidad de las leyes
  • Corte no puede estarse a lo resuelto en sentencia C-511 de 1994
Norma Sobre Exclusion De Las Mujeres Para Prestar Servicio Militar Obligatorio
  • Falta de carga argumentativa
  • Cosa juzgada formal y relativa en sentencia C-511 de 1994
Demanda De Inconstitucionalidad Ante Cosa Juzgada Constitucional
  • Exige una especial y particular carga argumentativa
Demanda Sobre Exclusion De Las Mujeres Para Prestar Servicio Militar Obligatorio
  • Apreciaciones sobre estereotipos de género son impertinentes e insuficientes para adelantar juicio de igualdad
Doctrina De La Constitucion Viviente
  • Cambio en el significado material de la igualdad de derechos y obligaciones entre mujeres y hombres
16 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 10 (parcial) de la Ley 48 de 1993, por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización.

Considera el actor que la norma acusada contraviene los artículos 4, 13 y 43 de la Constitución, dado que establece un trato diferente entre hombres y mujeres, desconoce la prohibición general de discriminar por razones de sexo y el mandato específico conforme al cual los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos y oportunidades.

La Sala constató la configuración del fenómeno de la cosa juzgada, en cuanto la Corporación se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo demandado y frente a los mismos cargos formulados en esta oportunidad.

Así mismo, verificó que en la demanda actual no se sustentaron las razones por las cuales procedía un nuevo pronunciamiento de la Corporación.

La Sala Plena decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-511/94.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 48/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 48/93ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-511 de 1994 que declaro exequible el articulo 10 de la Ley 48 de 1993.
  2. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  3. Presidenta (e)
  4. Con salvamento de voto
  5. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  6. Magistrado
  7. Con salvamento de voto
  8. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  9. Magistrado
  10. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  11. Magistrado
  12. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  13. Magistrada
  14. Con salvamento de voto
  15. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  16. Magistrado
  17. Con salvamento de voto
  18. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  19. Magistrado
  20. ALBERTO ROJAS RIOS
  21. Magistrado
  22. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  23. Magistrado
  24. Con aclaracion de voto
  25. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaSalvamentoJorge Iván Palacio PalacioSalvamentoMaría Victoria Calle CorreaSalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.