C-516 de 2016
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Jeisy Garavito Tovio Y Otra·Demandado Ley 962 De 2005
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reglas de procedencia excepcional
- Carácter integral y efectos de cosa juzgada
- Características
- Excepciones a la regla de cosa juzgada constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Regla general de que el interesado debe sufragar los costos con excepción de aquellos casos en que el peticionario se encuentra en situación de vulnerabilidad y carezca de recursos para sufragarlos
- Concepto
- Elementos
- Concepto
- Alcance de los eventos que debilitan sus efectos
- Supuestos en los cuales depende su ocurrencia
- Configuración depende de la valoración del objeto de control y del cargo de constitucionalidad
- Definición
- Efectos varían dependiendo de la decisión que adopte la Corte Constitucional en sus fallos de control abstracto, ya sea de exequibilidad o inexequibilidad
- Declaración debe ser adoptada por Sala Plena
- Función
- Definición
- Distinción
- Cosa juzgada material en relación con la validez constituciona
- Constituye un precedente de obligatorio cumplimiento para las autoridades públicas
- Criterios de valoración
- Jurisprudencia constitucional
- Posición que establece relación desconoce el artículo 243 de la Constitución Política
- Límites
- Clasificación
- Ciertos elementos son considerados como vinculantes, pues no todo el contenido puede adquirir dicho carácter
- Elementos
- Función
- Definición
- Funciones diferentes
- Instituciones diferentes
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso 3º (parcial) del artículo 3º de la Ley 962 de 2005, por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.
Las demandantes solicitaron la declaratoria de inexequibilidad de la expresión “a su costa”, argumentando que asignar al interesado el deber de pagar el costo de las copias de los documentos que soportan un procedimiento administrativo, se convierte en una barrera económica al acceso de la información para las personas con menores recursos en Colombia.
Indican, que este escenario implica que la norma acusada desatienda los artículos 2 y 23 de la Constitución.
Por configurarse el fenómeno de la cosa juzgada en su dimensión material, la Corte decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-951/14, mediante la cual se declaró exequible el artículo 29 del Proyecto de Ley Estatutaria número 65/12 Senado y 227/12 Cámara, por medio del cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye el título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, promulgado como Ley 1775 de 2015.
En consecuencia, se declara EXEQUIBLE la proposición jurídica atacada.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley estatutaria 65/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-951 de 2014 que declaro exequible el articulo 29 del Proyecto de Ley Estatutaria numero 65 de 2012 Senado - 227 de 2012 Camara, "Por medio del cual se regula el derecho fundamental de peticion y se sustituye el titulo del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo", promulgado como Ley 1755 de 2015, y en consecuencia, declarar EXEQUIBLE la proposicion juridica "a su costa" regulada en el inciso 3o del articulo 3o de la Ley 962 de 2005.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.