Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de mayo de 2017Sala Plena

C-348 de 2017

Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo

Demandante Ana Laidy Katheryne Marquez Tovar·Demandado Codigo Civil Articulo 117 Parcial

Tema · dato duro
Matrimonio De Menores De Edad. Consentimiento De Los Padres Adoptivos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Congreso
  • Facultad para derogar legislación preexistente
Control De Constitucionalidad De Norma Derogada O Modificada Por Voluntad Del Legislador
  • Se requiere que la misma continúe produciendo efectos jurídicos
Control De Constitucionalidad
  • Aplicabilidad y vigencia de la disposición demandada
Derogatoria De Ley
  • Concepto
  • Clases
  • Efectos
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por duda en vigencia de norma
Control De Constitucionalidad De Norma Derogada
  • Falta de competencia de la Corte Constitucional
Congreso De La Republica
  • Depositario de la cláusula general de competencia
Corte Constitucional
  • Definición de vigencia de norma para determinar materia sujeta a control
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Incompetencia de la Corte Constitucional por sustracción de materia o carencia de objeto
Derogacion De Normas
  • Aplicación del principio de la lex posterior
Igualdad De Proteccion Y Prohibicion De Discriminacion Entre Sexos En Materia De Matrimonio Entre Menores De Edad
  • Exigencia de obtener el consentimiento de los padres adoptantes para contraer matrimonio por hijos menores de 21 años e hijas menores de 18 a
Potestad Derogatoria Del Congreso
  • Sustento en el principio democrático
17 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 117 (parcial) del Código Civil.

La demandante considera que el aparte acusado vulnera los artículos 5, 13 y 43 de la Constitución al otorgar un trato discriminatorio con base en el sexo, al disponer que en el caso de hijos adoptivos los padres adoptantes darán el consentimiento si el hombre es menor de 21 años, pero, para la mujer, si es menor de 18 años.

La Corte se INHIBE de pronunciarse de fondo sobre la disposición demandada, por cuando la misma fue derogada tácitamente por el Decreto 2820 de 1974 y la Ley 27 de 1977 y no está produciendo efectos jurídicos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 117Ley 84/73 «Por cuanto dicha disposición fue derogada tácitamente por el Decreto 2820 de 1974 y la Ley 27 de 1977, y no se encuentra produciendo efectos jurídicos.»INHIBITORIO
Art. 117Ley 84/73INHIBITORIO
Art. 117Ley 57/87INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. INHIBIRSE de pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad del articulo 117 del Codigo Civil, por cuanto dicha disposicion fue derogada tacitamente por el Decreto 2820 de 1974 y la Ley 27 de 1977, y no se encuentra produciendo efectos juridicos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.