C-442 de 2019
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Juan Carlos Ramirez Erazo·Demandado Ley 1753 De 2015
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia para títulos no oficiales o propios
- Jurisprudencia constitucional
- Desarrollo normativo
- Reiteración de jurisprudencia
- Criterios que deben tenerse en cuenta para determinar el nivel de escrutinio aplicable a cada caso
- Aplicación
- Convenios internacionales
- Contenido y alcance
- Criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Criterios de fijación de la intensidad
- Modalidades según intensidad
- Intensidad
- Contenido
- Direcciones de la garantía constitucional
- Vigencia y eficacia de las normas y reglas en ellas contenidas
- Contenido del derecho a la educación
- Contenido
- Alcance y contenido
- Exigencia de título de idoneidad
- Necesidad
- Margen de configuración del legislador
- Alcance de facultades de inspección y vigilancia del Estado
- Inspección y vigilancia de ejercicio
- Derecho fundamental y servicio público con función social
- Objetivos
- Pilares básicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo 1º del artículo 62 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, todos por un nuevo país.
El demandante considera que el texto acusado, al establecer la prohibición absoluta de convalidar títulos propios o no oficiales expedidos en el exterior por instituciones de educación superior, vulnera los artículos 26, 67 y 70 de la Constitución Política.
La Corte considera que la no convalidación mencionada constituye una medida válida constitucionalmente para propender por la calidad de la educación superior.
Se declara EXEQUIBLE el parágrafo demandado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1753/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- Declarar la EXEQUIBILIDAD del parágrafo 1º del artículo 62 de Ley 1753 de 2015, "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 `Todos por un nuevo país´", por los cargos analizados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.