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Sentencia de Constitucionalidad17 de septiembre de 2019Sala Plena

C-429 de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Tania Marcela Malely Hernandez Guzman·Demandado Ley 25 De 1981 Y Otra

Tema · dato duro
Superintendencia De Subsidio Familiar. Atribuciones Para Aprobar La Enajenación De Bienes Inmuebles, Planes De Inversión Y Programas Sociales De Las Cajas De Compensación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Caja De Compensacion Familiar
  • Funciones
  • Prohibiciones
  • Recursos parafiscales
  • Régimen de inspección y vigilancia
  • Naturaleza jurídica
  • Alcance
  • Contribuciones tienen carácter de rentas parafiscales atípicas
  • Objetivos y prioridades en que deben aplicarse los recursos
  • Exigencias por parte de la Superintendencia de Subsidio Familiar
Cosa Juzgada Constitucional
  • Criterios para determinar su existencia
  • Pronunciamiento anterior de Corte Suprema
  • Inexistencia
Control
  • Definición
  • Conlleva el poder de adoptar correctivos o incidir directamente en las decisiones del ente sujeto a control
Demanda De Inconstitucionalidad De Norma Subrogada
  • Competencia para proferir un pronunciamiento de fondo
Estado De Derecho
  • Fijación de competencias a las autoridades públicas
Estructura De La Administración
  • Competencia plena del legislador
Funcion Administrativa
  • Principios, objeto y control
  • Condiciones de transparencia e imparcialidad
Inspeccion
  • Definición
Integracion De Unidad Normativa
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Contenido normativo
  • Improcedencia
Norma Subrogada
  • Efectos actuales
Ramas Del Poder Publico
  • Principio de separación de poderes
  • Colaboración armónica
  • Sistema de frenos y contrapesos
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Carácter definitivo, de obligatorio cumplimiento y con efectos erga omnes
Subsidio Familiar
  • Marco normativo
  • Origen y evolución
  • Pago corresponde a la Caja de Compensación
Superintendencia De Subsidio Familiar
  • Régimen de autorización
  • Competencias
  • Alcance
Principio De Separacion De Poderes
  • Alcance
  • Jurisprudencia constitucional
Control De Constitucionalidad De Norma Derogada
  • Criterios para verificación de producción de efectos
Derogacion De La Ley
  • Expresa, tácita y orgánica
Derogacion
  • Definición
Inspeccion Y Vigilancia
  • Podrían clasificarse como mecanismos leves o intermedios de control, cuya finalidad es detectar irregularidades en la prestación de un servicio
Integracion Normativa
  • Eventos en que procede
Mecanismos De Inspeccion, Vigilancia Y Control
  • Si bien la propia Constitución emplea dichos términos, ni el constituyente ni el legislador han adoptado una definición única aplicable a todas las áreas del Derecho
Rama Ejecutiva Del Poder Publico En El Orden Nacional
  • Amplio margen de configuración del legislador
Superintendencia
  • Determinación de la estructura, objetivos generales y funciones
  • Función judicial
  • Funciones de inspección, control y vigilancia
  • Fundamento constitucional y titularidad de competencias
Vigilancia Fiscal
  • Atribución exclusiva de los organismos de control fiscal
Vigilancia
  • Definición
Procesos De Subrogacion
  • Hipótesis posibles y solución en torno a la competencia de la Corte Constitucional
Control De Constitucionalidad
  • Vigencia de la disposición demandada
44 temas · 68 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º (parcial) de la Ley 25 de 1981 y los artículos 54 (parcial) y 63 de la Ley 21 de 1982.

La demandante considera que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 115 y 189 numeral 26 de la Constitución Política, por cuanto exigen que la Superintendencia del Subsidio Familiar apruebe, de manera previa, varias actuaciones de las Cajas de Compensación Familiar, como las obras y programas sociales adelantados por dichas entidades, los planes y programas de inversión y la organización de los servicios sociales que prestan tales instituciones y la negociación de toda clase de bienes inmuebles de propiedad de aquellas.

En su criterio, tales facultades implican la congestión con las entidades vigiladas, lo cual desborda las funciones asignadas constitucionalmente a las superintendencias y su deber de imparcialidad.

La Corte concluyó que las disposiciones acusadas desconocen el deber de imparcialidad en el ejercicio de la función administrativa, por cuanto permiten que la Superintendencia del Subsidio Familiar participe en la producción de actos que, posteriormente, son objeto de su vigilancia y control.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD de las normas impugnadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 25/81. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 21Ley 25/81INEXEQUIBLE
Art. 6Ley 25/81INEXEQUIBLE
Art. 6Ley 25/81INEXEQUIBLE
Art. 54Ley 21/82INEXEQUIBLE· expresión
Art. 63Ley 21/82INEXEQUIBLE
Art. 7Decreto 2150/92INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«Numeral 10»
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y aprobar o improbar toda clase de negociaciones de bienes inmuebles de su propiedad", contenida en el literal g) del articulo 6deg de la Ley 25 de 1981, subrogado por el numeral 11 del articulo 7deg del Decreto Ley 2150 de 1992.
  2. SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Los planes y programas antedichos seran sometidos al estudio y aprobacion de la Superintendencia del Subsidio Familiar", contenida en el numeral 2deg del articulo 54 de la Ley 21 de 1982.
  3. TERCERO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 63 de la Ley 21 de 1982 y el numeral 10deg del articulo 7deg del Decreto 2150 de 1992.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.