C-429 de 2019
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Tania Marcela Malely Hernandez Guzman·Demandado Ley 25 De 1981 Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Funciones
- Prohibiciones
- Recursos parafiscales
- Régimen de inspección y vigilancia
- Naturaleza jurídica
- Alcance
- Contribuciones tienen carácter de rentas parafiscales atípicas
- Objetivos y prioridades en que deben aplicarse los recursos
- Exigencias por parte de la Superintendencia de Subsidio Familiar
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios para determinar su existencia
- Pronunciamiento anterior de Corte Suprema
- Inexistencia
- Destinatarios
- Definición
- Conlleva el poder de adoptar correctivos o incidir directamente en las decisiones del ente sujeto a control
- Reserva de ley
- Competencia para proferir un pronunciamiento de fondo
- Carácter público
- Fijación de competencias a las autoridades públicas
- Competencia plena del legislador
- Reglas jurisprudenciales
- Principios, objeto y control
- Condiciones de transparencia e imparcialidad
- Atribución a autoridades diferentes
- Definición
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido normativo
- Improcedencia
- Efectos actuales
- Principio de separación de poderes
- Colaboración armónica
- Sistema de frenos y contrapesos
- Administración
- Carácter definitivo, de obligatorio cumplimiento y con efectos erga omnes
- Marco normativo
- Origen y evolución
- Pago corresponde a la Caja de Compensación
- Régimen de autorización
- Competencias
- Alcance
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Vigencia
- Criterios para verificación de producción de efectos
- Expresa, tácita y orgánica
- Definición
- Competencia del legislador
- Características
- Podrían clasificarse como mecanismos leves o intermedios de control, cuya finalidad es detectar irregularidades en la prestación de un servicio
- Eventos en que procede
- No es absoluto
- Si bien la propia Constitución emplea dichos términos, ni el constituyente ni el legislador han adoptado una definición única aplicable a todas las áreas del Derecho
- Amplio margen de configuración del legislador
- Determinación de la estructura, objetivos generales y funciones
- Función judicial
- Funciones de inspección, control y vigilancia
- Fundamento constitucional y titularidad de competencias
- Procedencia
- Atribución exclusiva de los organismos de control fiscal
- Definición
- Hipótesis posibles y solución en torno a la competencia de la Corte Constitucional
- Vigencia de la disposición demandada
- Concepto
- Diferencias
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º (parcial) de la Ley 25 de 1981 y los artículos 54 (parcial) y 63 de la Ley 21 de 1982.
La demandante considera que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 115 y 189 numeral 26 de la Constitución Política, por cuanto exigen que la Superintendencia del Subsidio Familiar apruebe, de manera previa, varias actuaciones de las Cajas de Compensación Familiar, como las obras y programas sociales adelantados por dichas entidades, los planes y programas de inversión y la organización de los servicios sociales que prestan tales instituciones y la negociación de toda clase de bienes inmuebles de propiedad de aquellas.
En su criterio, tales facultades implican la congestión con las entidades vigiladas, lo cual desborda las funciones asignadas constitucionalmente a las superintendencias y su deber de imparcialidad.
La Corte concluyó que las disposiciones acusadas desconocen el deber de imparcialidad en el ejercicio de la función administrativa, por cuanto permiten que la Superintendencia del Subsidio Familiar participe en la producción de actos que, posteriormente, son objeto de su vigilancia y control.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD de las normas impugnadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 25/81. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y aprobar o improbar toda clase de negociaciones de bienes inmuebles de su propiedad", contenida en el literal g) del articulo 6deg de la Ley 25 de 1981, subrogado por el numeral 11 del articulo 7deg del Decreto Ley 2150 de 1992.
- SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Los planes y programas antedichos seran sometidos al estudio y aprobacion de la Superintendencia del Subsidio Familiar", contenida en el numeral 2deg del articulo 54 de la Ley 21 de 1982.
- TERCERO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 63 de la Ley 21 de 1982 y el numeral 10deg del articulo 7deg del Decreto 2150 de 1992.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.