Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de octubre de 2020Sala Plena

C-431 de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Andres Ariel Nuñez Godoy·Demandado Ley 1819 De 2016

Tema · dato duro
Deducciones Tributarias Por Pagos En Efectivo Para Ciertos Contribuyentes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Norma no vigente que produce efectos jurídicos
  • Procedencia respecto de normas vigentes o de aquellas que habiendo perdido su vigencia pueden continuar produciendo efectos jurídicos
Deducciones Tributarias
  • Establecimiento y derogación corresponde al legislador
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Incompetencia de la Corte Constitucional por sustracción de materia o carencia de objeto
  • Cumple con los requisitos de aptitud sustantiva en cargo por violación del principio de igualdad
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Procedencia frente a norma que no se encuentra vigente ni está produciendo efectos jurídicos
Sistema Tributario
  • Se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad
Trato Diferenciado En Materia Tributaria
  • Jurisprudencia constitucional
  • Margen de configuración legislativa
Integracion De Unidad Normativa
  • Condiciones para su procedencia
  • Improcedencia
Norma Acusada
  • Análisis de vigencia
Principio De Equidad Tributaria
  • Fundamento en juicio de igualdad
  • Dimensión horizontal y vertical
Procesos De Subrogacion
  • Hipótesis posibles y solución en torno a la competencia de la Corte Constitucional
24 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 307 parcial de la Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dicta otras disposiciones, y contra el artículo 120 de la Ley 1943 de 2018, por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones.

La Corte considera que la limitación al reconocimiento fiscal de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables pagados en efectivo es una medida que se ajusta a la Constitución, en cuanto busca finalidades legítimas que garantizan la eficiencia y transparencia del sistema, contribuye a evitar fenómenos de evasión de tributos y operaciones de lavado de activos y resulta acorde con el principio de equidad tributaria.

La Sala se INHIBE de emitir un pronunciamiento de fondo respecto a la constitucionalidad del artículo 120 de la Ley 1943 de 2018 por sustracción de materia; en tanto no existe en la actualidad norma objeto de control ante la subrogación de la misma con ocasión de la expedición del artículo 136 de la Ley 2010 de 2019.

De otro lado, declaró EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el artículo 307 (parcial) de la Ley 1819 de 2016.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1819/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 307Ley 1819/16 «parcial»EXEQUIBLE
Art. 120Ley 1943/18INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo respecto a la constitucionalidad del articulo 120 de la Ley 1943 de 2018 "[p]or la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones", por sustraccion de materia.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el articulo 307 (parcial) de la Ley 1819 de 2016"[p]or medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasion y la elusion fiscal, y se dicta otras disposiciones", en los terminos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialAntonio José Lizarazo OcampoSalvamento parcialRichard Steve Ramírez Grisales
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.