Micelio
Sentencia de Constitucionalidad2 de abril de 2024Sala Plena

C-483 de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Lancheros Gámez Juan Carlos·Demandado Ley 1676 De 2013

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda Formulada Contra Normas Sobre Garantías Reales En Los Procesos De Reorganización, Validación De Acuerdos Extrajudiciales De Reorganización Y De Liquidación Judicial De Personas Que Se Ocupan De La Actividad Inmobiliaria Para Vivienda.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Concepto y alcance
  • Inexistencia por cargo diferente y por contenido normativo y alcance distintos
  • Requisitos para su configuración
Concepto De Violacion En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda por presunta violación del derecho a la vivienda digna
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 50, 51 y 52 (parciales) de la Ley 1676 de 2013, por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliares.

Las disposiciones acusadas permiten que: (i) en los procesos de reorganización y de validación de acuerdos extrajudiciales de reorganización, los acreedores con garantía real obtengan su pago con cargo al bien sobre el cual se les constituyó tal privilegio, de manera preferente, en vez de tener que esperar al resultado del proceso concursal y, (ii) en los trámites de liquidación, los bienes en garantía de este tipo de acreedores puedan ser excluidos de la masa liquidatoria, en provecho de los acreedores garantizados.

El demandante adujo que dichas normas atacadas desconocen ese derecho porque favorecen intereses particulares y permiten que los créditos de los acreedores garantizados sean pagados de manera preferente, incluso por encima de los acreedores cuyo crédito surge de la compra de inmuebles para vivienda.

A su juicio, esto limita la protección del derecho a la vivienda, en particular sus facetas de acceso y seguridad jurídica de todas las formas de tenencia, circunstancia que cobra mayor relevancia frente a sujetos que adquieren viviendas de interés social y familias con niños y adultos mayores.

La Corte concluyó que la demanda careció de especificidad, pertinencia y suficiencia y, por eso, se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, dada su ineptitud sustantiva.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1676/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 50Ley 1676/13 «de los incisos 2 y 6.»INHIBITORIO
Art. 51Ley 1676/13INHIBITORIO
Art. 52Ley 1676/13 «del inciso 1°.»INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Único. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los incisos 2 y 6 (parcial) del artículo 50, el artículo 51 y el inciso 1º del artículo 52 de la Ley 1676 de 2013, "por medio de la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias", por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.