Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de julio de 2023Sala Plena

C-262 de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Pava Quiceno Jorge Enrique·Demandado Ley 2272 De 2022

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cargos carecen de certeza porque se estructuran a partir de una interpretación subjetiva
  • Requisitos mínimos
  • Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Incumplimiento de requisitos exigidos en cargo por violación de los principios de consecutividad e identidad flexible
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2° (parcial), 12 y 18 de la Ley 2272 de 2022, por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la ley 418 de 1997, prorrogada, modificada y adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014, 1941 de 2018, se define la política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz y se dictan otras disposiciones.

El actor pidió la inexequibilidad de la norma cuestionada con base en dos cargos.

El primero: violación de los principios de consecutividad e identidad flexible.

Esto porque no fueron discutidos en todos los debates del trámite legislativo, sino incorporados en forma súbita e inconexa durante la discusión ante la plenaria de la Cámara de Representantes.

El Segundo: violación del eje transversal de la Constitución Política que supone el deber del Estado de garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

Lo anterior, porque permite que personas que incumplieron el régimen de condicionalidades previsto en el Acto Legislativo 01 de 2017 vuelvan a negociar con el Estado y obtengan nuevos beneficios.

La Corte recordó que la acción de inconstitucionalidad es de carácter rogado y que, si bien se rige por el principio pro actione, no releva al demandante de la carga argumentativa que tiene de explicar el concepto de la presunta vulneración en forma clara, cierta, específica, pertinente y suficiente.

Al examinar la demanda bajo tales parámetros la Sala Plena verificó su ineptitud y, por eso, se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 418/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 418/97INHIBITORIO
Art. 2Acto_legislativo 01/17INHIBITORIO
Art. 2Acto_legislativo 01/17INHIBITORIO
Art. 12Ley 2272/22 «para pronunciarse de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda.»INHIBITORIO
Art. 18Ley 2272/22 «para pronunciarse de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda.»INHIBITORIO
Art. 2Ley 2272/22 «para pronunciarse de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda.»INHIBITORIO
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. ÚNICO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo respecto de la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Jorge Enrique Pava Quiceno en contra de los artículos 2° (parcial), 12 y 18 de la Ley 2272 de 2022, "[p]or medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la ley 418 de 1997, prorrogada, modificada y adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014, 1941 de 2018, se define la política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz, y se dictan otras disposiciones", por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Enrique Ibáñez Najar
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.