Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de enero de 2004Sala Plena

C-038 de 2004

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Enrique Borda Villegas

Tema · dato duro
Indemnizacion Por Falta De Pago. Trato Diferente A Favor De Quienes Perciben Hasta Un Salario Mínimo Mensual Vigente
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contrato De Aprendizaje
  • Forma específica dentro del derecho laboral
  • Modificación de la naturaleza
  • Desaparición como modalidad específica
  • Distinción de la relación de trabajo ordinario
  • Especificidades
  • Exclusión de negociación colectiva
Control De Constitucionalidad En Regulacion Laboral Para Fomentar El Empleo
  • Alcance frente a medidas regresivas en la protección de derechos sociales
Control De Constitucionalidad
  • Carácter estricto respecto a un derecho fundamental
Derecho Social
  • Restricción justificada
Derechos Adquiridos
  • Elementos básicos
  • Respeto ante cambios normativos
Derechos Del Trabajador En Reforma Laboral
  • Medidas regresivas en materia de protección
Derechos Del Trabajador
  • Conquistas históricas
  • No constituyen un factor de encarecimiento de la producción
Derechos Fundamentales
  • Limitación en principio es inconstitucional
  • Presunción de máxima expansión
  • Límites con fundamento sólo en la Constitución
Derechos Sociales Prestacionales
  • Aceptación internacional de la prohibición prima facie de retrocesos
  • Contenidos mínimos o esenciales en mandato de progresividad
  • Prohibición prima facie de retrocesos
  • Retroceso contradice mandato de progresividad
Fondo De Proteccion Social
  • Destinación de recursos
  • Recursos aportados por entidades territoriales
  • Creación
  • Definición legal del monto, características y destino de recursos
  • Recursos de la seguridad social
Igualdad
  • Reglas de redistribución de beneficios o cargas determinadas
  • Reglas de distribución
Indemnizacion Por Falta De Pago
  • Cambio de régimen
  • Trato diferente a favor de quienes perciben hasta un salario mínimo mensual vigente
Indemnizacion Por Despido Injusto
  • Reducción respeta límites mínimos constitucionales
Jornada Laboral Flexible
  • Respeto de límites mínimos constitucionales
Norma Laboral
  • Disposición de orden público
  • Efecto general e inmediato
Normas Para Apoyar El Empleo
  • Término para que medidas empiecen a producir efectos
Sistema De Proteccion Social
  • Una nueva ley puede modificar, derogar o complementar desarrollos previos
Sistema De Seguridad Social
  • Límites al legislador en determinación de elementos estructurales
  • Determinación legislativa de elementos estructurales
Reforma Laboral
  • Situación más desigualitaria para el trabajador
  • Confrontación con los derechos, valores y principios constitucionales
  • Restricciones
  • Ausencia de justificación en motivos que originaron medidas regresivas
  • Disminución de costos para el empleador
  • Disminución de protección alcanzada por el trabajador resulta problemática
  • No justificación constitucional válida para medidas regresivas
  • No menoscabo de derechos
Reforma Laboral Para Fomentar El Empleo
  • Elemento temporal para evaluar eficacia de políticas adoptadas
  • Evaluación y debate
  • Justificación de la adecuación y necesidad de las medidas
  • Justificación de medidas adoptadas en el debate legislativo
Regulacion Laboral En Indemnizacion Por Falta De Pago
  • No aplicación a contratos nacidos antes de la vigencia de la nueva ley
Salarios Caidos
  • Nueva regulación
Principio De Favorabilidad Laboral
  • No impide modificación de normatividad existente aunque nueva regulación sea menos favorable
Terminacion Unilateral De Contrato De Trabajo Sin Justa Causa
  • Reducción de indemnización
  • Disminución de indemnización para el trabajador
  • Nueva regulación con efectos hacia el pasado
Trabajo Dominical Y Festivo
  • Disminución de derechos del trabajador
  • Modificación de remuneración de dominicales y compensación del descanso cuando no son habituales
  • Respeto de límites mínimos constitucionales
Trabajador
  • Regulaciones menos favorables
Trabajo Ordinario Y Nocturno
  • Respeto de límites constitucionales
  • Ampliación de jornada ordinaria o diurna
Derechos Sociales
  • Carácter fundamental en muchos sistemas jurídicos
Desempleo
  • Visiones opuestas
Empleabilidad
  • Propósito constitucional
Empleo
  • Adecuación y necesidad de medidas para fomentarlo
  • Normas de apoyo
  • Promoción a través de reformas laborales que reducen ciertas protecciones
Meras Expectativas En Materia Laboral
  • No impiden cambios legislativos
Meras Expectativas
  • Nuevas regulaciones menos favorables al trabajador
Persona Empleada
  • Modificación del alcance a la garantía
Principio De Progresividad En Regulacion Laboral De Contrato
  • Efectos respecto de nuevas disposiciones que reducen protección de trabajadores
Promocion Del Empleo
  • Reducción de garantías de trabajadores
Regulacion Laboral De Contrato De Aprendizaje
  • Privación de la naturaleza jurídica de "salario"
Regulacion Laboral
  • Efectos temporales inmediatos
  • Límites en modificación
Trabajo
  • Derecho y principio
  • No es una mercancía
51 temas · 89 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 789 de 2002.

Arts 1 25 26 28 29 30 51.

(p).

Modifica algunos articulos del codigo sustantivo de trabajo.

Definicion sistema de proteccion social.

Trabajo ordinario y nocturno.

Trabajo dominical y festivo.

Terminacion unilateral del contrato de trabajo

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 789/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 29Ley 789/03EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-781 de 2003, que dispuso:
  2. "
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE, en lo acusado, el inciso
  4. primero. del articulo 29 de la Ley 789 de 2003, salvo la expresion "o si presentara la demanda, no ha habido pronunciamiento judicial", que se declara INEXEQUIBLE.
  5. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, en lo acusado, el paragrafo
  6. segundo. del articulo 29 de la Ley 789 de 2003."
  7. Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "Lo dispuesto en el inciso 1o. de este articulo" y "Para los demas seguira en plena vigencia lo dispuesto en el articulo 65 del Codigo Sustantivo de Trabajo vigente" del paragrafo 2 del articulo 29 de la Ley 789 de 2002.
  8. Tercero. INHIBIRSE de conocer, por ausencia de cargo, de la constitucionalidad del numeral
  9. segundo. y del paragrafo
  10. primero. del articulo 29 de la Ley 789 de 2002, asi como del
  11. segundo. parrafo del numeral
  12. primero. de ese articulo, que literalmente dice: "Dichos intereses los pagara el empleador sobre las sumas adeudadas al trabajador por concepto de salarios y prestaciones en dinero".
  13. Cuarto. Declarar EXEQUIBLES, pero unicamente por los cargos estudiados, los articulos 25, 26, 28, 30 y 51 de la Ley 789 de 2002.
  14. Quinto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 1o de la Ley 789 de 2002, por los cargos estudiados, en el entendido de que los programas sociales deben corresponder al Plan Nacional de Desarrollo o a leyes preexistentes, y el gasto se haya incorporado previamente en el correspondiente presupuesto; salvo las expresiones "que el Gobierno Nacional defina como prioritarios" y el paragrafo que se declaran INEXEQUIBLES.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.