Sentencia de Tutela8 de agosto de 2002
T-629 de 2002
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Luz Magnolia Gomez Gomez Vs. Empresa Antioqueña De Energia S.A.
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo De Mujer Embarazada. Estabilidad Laboral Reforzada. Falta De Prueba Y Notificacion. Convencion Colectiva De Trabajo. Investigacion Disciplinaria. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia por no encontrarse demostrados los elementos de protección de la mujer trabajadora embarazada
Mujer Trabajadora Embarazada
- No información al empleador sobre su estado
- Su condición no era un hecho notorio
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
- Elementos fácticos que deben demostrarse
- Reintegro al cargo
Negligencia Judicial
- No remisión oportuna del expediente a la Corte Constitucional
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por los Juzgados Quince Penal Municipal y
- Quinto. Penal del Circuito de Medellin, que negaron la tutela de la senora Luz Magnolia Gomez Gomez.
- Segundo. COMPULSAR copias de esta decision y del proceso al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, Sala Disciplinaria, para que proceda a realizar las investigaciones a que hubiere lugar, respecto de todos los funcionarios del Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Medellin, que de una u otra manera hubiesen tenido que ver en su oportunidad en el tramite del presente expediente de tutela.
- Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
T-542/02Derechos A La Seguridad Social Vida Salud Y Trabajo. Mora En Pago De Aportes Por Parte Del Empleador. Hecho Superado. Falta Disciplinaria. Negada.T-467/01Derecho Al Minimo Vital. Proteccion Especial A La Maternidad. Solicitud Reintegro Al Cargo Y Pago De Salarios Dejados De Percibir. Contrato De Trabajo A Termino Fijo Especial Menor De Un Año. Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Concedida.T-154/01Derecho A La Igualdad Y Trabajo. Proteccion A La Maternidad. Reintegro. Contrato Por Obra O Labor Determinada. Trabajadora En Mision. Estabilidad Laboral Reforzada. Banco De Bogota. Negada.SU.879/00Derecho De Peticion Y Trabajo. Terminacion De La Relacion Laboral Con La Caja Agraria. Reintegros. Pagos De Prestaciones. Reapertura De Guarderia. Concedida Parcialmente.T-568/98Aplazamiento De Prestacion Del Servicio Militar A Estudiantes De Centros De Formacion Religiosa. Estudiante Menonita. Concedida.T-426/98Despido En Embarazo En Contrato A Termino Fijo. Necesidad De Probar La Comunicacion Oportuna Del Embarazo. Negada.
Ver las 7 →Citada por5
T-557/10Tutela de 2010T-848/05Tutela de 2005T-083/05Tutela de 2005C-038/04Indemnizacion Por Falta De Pago. Trato Diferente A Favor De Quienes Perciben Hasta Un Salario Mínimo Mensual VigenteT-768/02Derecho A La Salud Y Seguridad Social De Mujer Embarazada. Pago Licencia De Maternidad. Estabilidad Laboral Reforzada. Mora Pago De Aportes En Salud Por Empleador. Deber De Informar. Hecho Superado. Negada.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.