Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2002
T-768 de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Bibiana Amparo Moreno Gaviria Vs. Codeltas Ltda Y Otra
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social De Mujer Embarazada. Pago Licencia De Maternidad. Estabilidad Laboral Reforzada. Mora Pago De Aportes En Salud Por Empleador. Deber De Informar. Hecho Superado. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Hecho superado
Derecho A La Salud De Mujer Trabajadora Embarazada
- Irregularidades en afiliación a EPS
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Neiva, pero por las consideraciones aqui expuestas.
- Segundo. PREVENIR a CODELTAS Ltda. y a SOLSALUD E.P.S., que, para que no se incurra nuevamente en situaciones similares a la que dio origen a esta accion de tutela, se expongan con suma claridad a sus futuros afiliados todos los pasos a seguir para su correcta afiliacion, no solo indicando los documentos requeridos para tal fin, sino tambien indagando por los antecedentes de quienes se van a afilar, con los cuales puedan saber si son trabajadores dependientes o independientes, lo que permitira desarrollar correctamente las labores para las cuales fueron creadas
- Tercero. COMPULSAR copias del presente proceso y de esta decision a la Superintendencia de Economia Solidaria, a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para lo de su competencia.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-629/02Derecho Al Trabajo De Mujer Embarazada. Estabilidad Laboral Reforzada. Falta De Prueba Y Notificacion. Convencion Colectiva De Trabajo. Investigacion Disciplinaria. Negada.T-467/01Derecho Al Minimo Vital. Proteccion Especial A La Maternidad. Solicitud Reintegro Al Cargo Y Pago De Salarios Dejados De Percibir. Contrato De Trabajo A Termino Fijo Especial Menor De Un Año. Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Concedida.T-154/01Derecho A La Igualdad Y Trabajo. Proteccion A La Maternidad. Reintegro. Contrato Por Obra O Labor Determinada. Trabajadora En Mision. Estabilidad Laboral Reforzada. Banco De Bogota. Negada.T-568/98Aplazamiento De Prestacion Del Servicio Militar A Estudiantes De Centros De Formacion Religiosa. Estudiante Menonita. Concedida.T-426/98Despido En Embarazo En Contrato A Termino Fijo. Necesidad De Probar La Comunicacion Oportuna Del Embarazo. Negada.T-270/97Proteccion A La Mujer Embarazada. Pago De Licencia De Maternidad. Der. Al Minimo Vital. Concedida.
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.