Micelio
Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2002

T-768 de 2002

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Bibiana Amparo Moreno Gaviria Vs. Codeltas Ltda Y Otra

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social De Mujer Embarazada. Pago Licencia De Maternidad. Estabilidad Laboral Reforzada. Mora Pago De Aportes En Salud Por Empleador. Deber De Informar. Hecho Superado. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado
Derecho A La Salud De Mujer Trabajadora Embarazada
  • Irregularidades en afiliación a EPS
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Neiva, pero por las consideraciones aqui expuestas.
  3. Segundo. PREVENIR a CODELTAS Ltda. y a SOLSALUD E.P.S., que, para que no se incurra nuevamente en situaciones similares a la que dio origen a esta accion de tutela, se expongan con suma claridad a sus futuros afiliados todos los pasos a seguir para su correcta afiliacion, no solo indicando los documentos requeridos para tal fin, sino tambien indagando por los antecedentes de quienes se van a afilar, con los cuales puedan saber si son trabajadores dependientes o independientes, lo que permitira desarrollar correctamente las labores para las cuales fueron creadas
  4. Tercero. COMPULSAR copias del presente proceso y de esta decision a la Superintendencia de Economia Solidaria, a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para lo de su competencia.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.