T-946 de 2007
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Diana Rocio Carvajal Garcia Vs. Salud Total S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- El diagnóstico solamente se puede obtener por el procedimiento quirúrgico de laparoscopia
- Procedimiento quirúrgico de laparoscopia sirve para determinar posiblemente una endometriosis y probablemente la infertilidad
- Doble connotación
- Incorpora el derecho al diagnóstico
- Autorización por la EPS del procedimiento quirúrgico de laparoscopia operatoria incluido el preoperatorio y el post-operatorio
- Protección por medio de la acción de tutela
- Requisitos para acceder a tratamientos y medicamentos excluidos del POS
- Improcedencia para reclamar tratamientos de fertilidad
- Procedencia excepcional para ordenar tratamiento de fertilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud y la seguridad social en conexidad con la vida digna de afiliada a quien le fue diagnosticado dolor pelvico y alta sospecha de endometriosis por lo que le formularon el procedimiento de laparoscopia operatoria que la entidad se niega a autorizar aduciendo que se trata de un procedimiento excluido del pos.solicita se ordene autorizar el procedimiento formulado por su medico tratante.el derecho a la salud y su ambito de proteccion por via de tutela.
Supuestos para la procedencia de la accion de tutela.
Alcance de la accion de tutela en relacion con tratamientos de fertilidad.
Requisitos para autorizacion de procedimientos medicamentos o tratamientos excluidos del pos.
En el presenten caso la sala considera que se presentan los elementos necesarios para ordenar el procedimiento requerido por la peticionaria.
Accion de repeticion contra el fosyga.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de primera instancia, proferido por el Juzgado Cuarenta y Ocho (48) Civil Municipal de Bogotá el diecinueve (19) de junio de dos mil seis (2007) y, en su lugar, proteger los derechos fundamentales a la Salud (incluido el derecho al diagnóstico) y la Seguridad Social, en conexidad con la Vida Digna de la peticionaria, Diana Rocío Carvajal García.
- Segundo. ORDENAR a la Entidad Promotora de Servicios en Salud Salud Total S.A., que disponga todo lo necesario para practicar la intervención laparoscopia operatoria a la peticionaria, y realice el mencionado procedimiento, en el plazo de 30 días contados a partir de la notificación del presente fallo, así como los cuidados que requiera para su recuperación post operatoria.
- Tercero. SEÑALAR que a Salud Total EPS S.A. le asiste el derecho de repetir lo que pague en cumplimiento de este fallo y que exceda de las prestaciones y beneficios del plan obligatorio de salud del régimen contributivo, ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga).
- Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.