T-605 de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Maria Cecilia De Las Salas Perez Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Supuestos fácticos de procedencia para obtener tratamiento de fertilidad
- Procedencia para ordenar cirugía por problema de infertilidad
- Vulneración por cuanto EPS negó la práctica de cirugía
- Cumplimiento de los requisitos establecidos para ordenar cirugía
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud al libre desarrollo de la personalidad y a tener una familia de afiliada a quien la entidad se niega a autorizarle la realizacion de una intervencion quirurgica de infertilidad aduciendo que los tratamientos para la infertilidad se ecuentran excluidos del pos.solicita se ordene autorizar la cirugia obstructiva de las trompas de falopio y retiro de adherencias del ovulo izquierdo.proteccion del derecho a la salud por via de la accion de tutela.
Los derechos sexuales y reproductivos desde el derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia de la corte constitucional.
Los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos reconocidos como tales en diversos instrumentos internacionales asi como en las conferencias mundiales convocadas por las naciones unidas.
Jurisprudencia constitucional sobre la procedencia de la accion de tutela para reconocer prestaciones comprendidas en la atencion de la salud sexual y reproductiva excluidas del pos.
Supuestos facticos en los cuales la accion de tutela es el mecanismo idoneo para obtener el tratamiento de infertilidad por parte de la eps.
En el presente caso la tutela es procedente para ordenar la realizacion de la cirugia prescrita.
Requisitos jurisprudenciales para inaplicar disposiciones por resultar contrarias a la constitucion.
Accion de repeticion contra el fosyga.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Palmira (Valle), el día 17 de enero de 2007, que negó la tutela de los derechos fundamentales de la ciudadana Marta Cecilia de las Salas Pérez y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos vulnerados.
- SEGUNDO. ORDENAR a Coomeva EPS que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a autorizar la práctica de la cirugía "desobstructiva de las Trompas de Falopio y retiro de adherencias del ovario izquierdo" a la ciudadana Marta Cecilia de las Salas Pérez, para cuya práctica cuenta con un término máximo de quince (15) días.
- TERCERO. AUTORIZAR a Coomeva EPS para ejercer el recobro de las sumas en que haya incurrido, frente a la correspondiente subcuenta del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA).
- CUARTO. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.