Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de octubre de 2018Sala Plena

C-093 de 2018

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Objeciones Gubernamentales Al Proyecto De Ley 123/16 Senado Y 082/15 Camara

Tema · dato duro
Desarrollo De La Politica Publica De Prevención De La Infertilidad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Incompetencia para pronunciarse sobre objeciones por inconveniencia
Bloque De Constitucionalidad
  • Dimensiones
  • Alcance
  • Integración
Comision Accidental De Conciliacion En Tramite Legislativo
  • Conformación
  • Requisitos en la conformación
Comision Accidental
  • Requisito mínimo de racionalidad deliberativa y decisoria relativa al conocimiento del proyecto
  • Publicación del informe y forma supletiva
Derechos Sexuales Y Reproductivos De Las Mujeres
  • Derecho fundamental de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo como derecho reproductivo
Principio De Equidad En Salud
  • Es necesario para garantizar accesibilidad económica
Objeciones Gubernamentales
  • Oportunidad en la formulación
  • Anuncio previo de votación
Objecion Presidencial
  • Trámite en el Congreso de la República
Salud
  • Concepto
Derechos Reproductivos Como Derechos Fundamentales
  • Carácter inmediato y prestacional
  • Protección de la autodeterminación reproductiva y el acceso a servicios de salud reproductiva
  • Alcance y contenido
Criterio De Sostenibilidad Fiscal
  • No puede ser invocado para menoscabar derechos fundamentales, ni restringir su alcance o negar su protección efectiva
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Principio de eficiencia
  • Regímenes diferentes para financiamiento y administración
Tratamientos De Infertilidad Y Tecnicas De Reproduccion Asistida
  • Jurisprudencia pacífica, reiterada y constante
  • Evolución jurisprudencial
Unidad De Pago Por Capitacion
  • Concepto
  • Contenido y alcance
Derecho A La Información En Materia Reproductiva
  • Reconocimiento constitucional y bloque de constitucionalidad
Discriminacion Contra La Mujer
  • Derecho a la salud reproductiva
Derecho A La Salud
  • Proceso de creación y ejecución de políticas públicas
  • Unificación del Plan de Beneficios
Linea Jurisprudencial Sobre El Alcance De La Accion De Tutela En Relacion Con Tratamientos De Infertilidad
  • Especial estudio sobre la infertilidad primaria y la infertilidad secundaria
Objecion Gubernamental
  • Término para formulación
Proyecto De Ley Sobre Tratamientos De Infertilidad Y Tecnicas De Reproduccion Asistida
  • Vulnera Ley Estatutaria de Salud en materia de ampliación y exclusión de servicios y tecnologías en salud
Recursos Publicos Asignados A La Salud
  • Criterios de exclusión de servicios o tecnologías de salud
Participacion Democratica
  • Condición sine qua non para el proceso de construcción de política pública
Tratamientos De Fertilidad
  • Jurisprudencia constitucional
Derechos Sexuales Y Reproductivos
  • Derecho a la autonomía reproductiva
36 temas · 47 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión oficiosa de constitucionalidad de las objeciones gubernamentales al proyecto de ley número 123/16 Senado y 082/15 Cámara, por medio de la cual se establecen los lineamientos para el desarrollo de la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parámetros de salud reproductiva.

El Gobierno Nacional formuló objeciones por inconstitucionalidad e inconveniencia.

De manera particular se cuestionó el artículo 4º que ordena al Ministerio de Salud reglamentar las condiciones de acceso a terapias de reproducción asistida con cargo al erario público.

Los fundamentos de las objeciones fueron: 1º.

La presunta violación del artículo15 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 y del principio de democracia participativa. 2º.

El desconocimiento del criterio de sostenibilidad fiscal y las normas orgánicas del gasto. 3º.

El desconocimiento de los principios de eficacia y equidad y, 4º.

Una objeción por inconveniencia por cuanto el país cuenta con una política pública de prevención de la infertilidad.

Esta última objeción no fue estudiada por la Corte por no contar con competencia para ello, de conformidad con el Texto Superior.

El resto de objeciones por inconstitucionalidad se consideraron infundadas y, en consecuencia, se declaró EXEQUIBLE el proyecto de ley de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 123/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 123/16 «por medio de la cual se establecen los lineamientos para el desarrollo de la politica publica de prevencion de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parametros de salud reproductiva»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar INFUNDADAS las objeciones por inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional, al proyecto de ley numero 123 de 2016 Senado - 082 de 2015 Camara, "por medio de la cual se establecen los lineamientos para el desarrollo de la politica publica de prevencion de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parametros de salud reproductiva". En consecuencia, se declara su EXEQUIBILIDAD en relacion con los cargos propuestos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerAclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.