C-088 de 2020
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Natalia Bernal Cano·Demandado Ley 599 De 2000
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por declaratoria de exequibilidad condicionada, en que el nuevo examen recae sobre texto reformulado
- Requisitos de la demanda son más rigurosos
- Alcance de los eventos que debilitan sus efectos
- Tipología
- Carga mínima de argumentación
- Definición y fundamento
- Indicación precisa del objeto demandado, el concepto de violación y la razón por la cual la Corte Constitucional es competente
- Confrontación entre norma acusada, argumentos y disposición constitucional vulnerada
- Cumple con los requisitos de aptitud sustantiva
- Cumplimiento de la carga mínima de argumentación
- Nueva ponderación del contenido al fallar
- Necesidad de ampliar el margen de protección del derecho fundamental a la IVE
- Derecho fundamental de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo como derecho reproductivo
- Jurisprudencia constitucional
- Reconocimiento como derechos humanos y derechos constitucionales fundamentales
- Derecho a la autodeterminación reproductiva
- Cambio en la significación material de la Constitución
- Variación del contexto normativo objeto de control
- Modificación del parámetro de control constitucional
- Concepto
- Cumplimiento de requisitos argumentativos mínimos
- Penalización afecta derechos de las mujeres gestantes
- Procedencia cuando se plantea dentro de un nuevo contexto
- Efectos de las decisiones
- Inhibición para decidir de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda
- Desarrollo jurisprudencial
- Límites constitucionales
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 122 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal.
La demandante adujo que la norma cuestionada, tal como fue interpretado en la Sentencia C-355/06, vulnera los artículos 1, 2 (inciso 2), 4, 5, 11, 12, 13, 14, 42, 43, 44, 45, 47, 49 (incisos 2 y 6), 67, 76, 86, 93, 94 (incisos 1 y 2), 95 –numerales 1, 2, 4 y 7 de la Constitución de 1991; así como el artículo 16 de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer, los artículos 11 y 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de “Belém do Pará”), y la Convención sobre los Derechos del Niño.
La ausencia de claridad, certeza, especificidad pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad formulados en contra del artículo 122 del Código Penal, condujo a que la Corte se INHIBIERA de proferir una decisión de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con el artículo 122 de la Ley 599 de 2000, "[p]or la cual se expide el Código Penal", por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.