Micelio
Sentencia de Tutela7 de mayo de 2001

T-467 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Olga Maria Valencia Vs. Luque Medina Y Cia Ltda

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Proteccion Especial A La Maternidad. Solicitud Reintegro Al Cargo Y Pago De Salarios Dejados De Percibir. Contrato De Trabajo A Termino Fijo Especial Menor De Un Año. Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria De Mujer Embarazada
  • Elementos fácticos que deben demostrarse para el reintegro
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Cincuenta y Uno Penal Municipal de Bogotá, de noviembre dieciséis (16) de dos mil (2000) que negó la tutela solicitada por Olga María Valencia.
  2. Segundo. CONCEDER a la demandante Olga María Valencia como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, la tutela de sus derechos fundamentales a la especial protección constitucional a la maternidad y al mínimo vital. En tal virtud, ORDENAR al demandado Luque Medina y Cia Ltda, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificación de esta sentencia, reintegre en las mismas condiciones en que fue contratada a la señora Olga María Valencia, sin perjuicio de las demás pretensiones laborales a que pueda tener derecho, las cuales deben ser definidas por la jurisdicción laboral.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.