Micelio
Sentencia de Tutela24 de noviembre de 2005

T-1210 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Luz Janneth Yepes Saldarriaga Vs. Contactos Eficaces S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
  • Presupuestos para la procedencia de la acción de tutela
  • Fundamental
  • Corresponde al empleador demostrar que la causal de terminación del contrato no fue el embarazo
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna y a tener una familia de mujer contratada por la empresa como auxiliar de cartera a termino fijo y a quien no le fue renovado su contrato encontrandose en estado de embarazo.

Solicita se ordene su reintegro y la reafiliacion al sistema de seguridad social asi como la cancelación de los salarios dejados de percibir.

Derecho a la estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada.

Carácter fundamental.

Procedencia de la accion de tutela para su amparo.

En el presente caso no hubo vulneración al derecho a la estabilidad laboral reforzada ni se afecto su minimo vital con la terminación de la vinculacion laboral pues se demostro la ocurrencia de elementos objetivos que permitieron revestir de legalidad la no renovación del contrato asi como la no subsistencia de las causas objetivas que dieron origen al mismo.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la Sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Medellín el 20 de mayo de 2005, que niega la tutela interpuesta por la señora Luz Janneth Yepes Saldarriaga y revoca el fallo proferido por el Juzgado
  3. Décimo.
  4. Noveno. Civil Municipal de la misma ciudad el 31de marzo de 2005, en que se había concedido.
  5. Segundo. Por la Secretaría General de esta Corporación, dése cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.