Micelio
Sentencia de Tutela28 de julio de 1993

T-290 de 1993

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Sandra Fei

Tema · dato duro
Regulacion De Visitas. Derechos Fundamentales De Los Niños. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR parcialmente la sentencia proferida el nueve (9) de febrero de mil novecientos noventa y tres (1993) por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil-, en cuanto CONCEDE la tutela impetrada.
  2. Segundo. MODIFICAR la sentencia en mención en lo relativo al alcance y efectos de la tutela concedida, sustituyéndola por la siguiente determinación:
  3. TUTELANSE los derechos fundamentales de rango constitucional de la señora SANDRA FEI y de sus menores hijas, SHANI y MAYA.
  4. ORDENASE al padre de las mencionadas niñas, señor JAIME OSPINA SARDI, que se abstenga en el futuro de impedir u obstaculizar en cualquier forma el contacto directo, libre y personal de las hijas con su madre, de conformidad con lo previsto en el régimen de visitas aprobado judicialmente.
  5. Tercero. ADVERTIR al señor JAIME OSPINA SARDI que el desacato a lo resuelto en esta providencia le acarreará, cada vez que en él incurra, las sanciones contempladas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Habrá de tener presente el señor OSPINA SARDI lo previsto en el artículo 53, inciso 2º, del Decreto mencionado, que dice: "También incurrirá en la responsabilidad penal a que hubiere lugar quien repita la acción o la omisión que motivó la tutela concedida mediante fallo ejecutoriado en proceso en el cual haya sido parte".
  7. Cuarto. PREVIENESE a la demandante, SANDRA FEI OLIVI, sobre la necesidad de asumir con mayor responsabilidad los deberes que le corresponden como madre de las niñas, los cuales son correlativos a los derechos fundamentales que le han sido conculcados (artículo 95 C.N.).
  8. Quinto. DENIEGASE, por improcedente, la tutela instaurada contra el Juez 19 de Familia de Santafé de Bogotá, D.C.
  9. Sexto. DENIEGASE, por haberse hallado carente de todo fundamento, la tutela intentada contra el Procurador General de la Nación.
  10. Séptimo. El Tribunal Superior de Santafé de Bogotá, D.C. -Sala de Familia- verificará el cabal e íntegro cumplimiento de lo decidido.
  11. Octavo. LIBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por273
T-460/24Derechos Al Debido Proceso, Al Trabajo, A La Igualdad Y Al Libre Desarrollo De La Personalidad-Exclusión De Proceso De Selección Por Carecer De Carné De Vacunación Contra El Covid-19T-409/24Derechos A La Vida Digna Y Seguridad Social En Pensiones-Corrección De La Historia Laboral. Cálculo Actuarial Para Pago Extemporáneo De Cotizaciones Por Omisión De Afiliación Al Sistema Y Allanamiento A La Mora.T-388/24Derecho A La Seguridad Social En Pensiones-Reconocimiento Y Pago De La Indemnización Sustitutiva De La Pensión De Vejez Por Tiempos De Servicios Prestados (Cotizados O No) Antes De La Ley 100 De 1993.T-149/24Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Por Embarazo Y Durante El Período De Lactancia-Reglas Jurisprudenciales Sobre El Alcance Del Fuero De Maternidad (Presunción De Despido Discriminatorio).T-121/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Cuidado, Custodia Y Régimen De Visitas En Caso De Violencia Intrafamiliar)-Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes, Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella.T-007/24Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella-Vulneración Por Desconocer La Excepcionalidad De La Medida De Protección (Separación De Los Hijos A Los Padres En Procedimiento De Restablecimiento De Derecho De Niños, Niñas Y Adolescentes). Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor.
Ver las 273

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.