Sentencia de Tutela28 de julio de 1993
T-290 de 1993
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Sandra Fei
✓
Tema · dato duro
Regulacion De Visitas. Derechos Fundamentales De Los Niños. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Subordinación
- Subsidiariedad
Tratado Internacional
- Aplicación en el orden interno
Derecho De Peticion
- Improcedencia
Derechos Del Niño
- Relaciones con los padres
Juez
- Límites
Medio De Defensa Judicial
- Eficacia
Sentencia
- Cumplimiento
11 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. CONFIRMAR parcialmente la sentencia proferida el nueve (9) de febrero de mil novecientos noventa y tres (1993) por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil-, en cuanto CONCEDE la tutela impetrada.
- Segundo. MODIFICAR la sentencia en mención en lo relativo al alcance y efectos de la tutela concedida, sustituyéndola por la siguiente determinación:
- TUTELANSE los derechos fundamentales de rango constitucional de la señora SANDRA FEI y de sus menores hijas, SHANI y MAYA.
- ORDENASE al padre de las mencionadas niñas, señor JAIME OSPINA SARDI, que se abstenga en el futuro de impedir u obstaculizar en cualquier forma el contacto directo, libre y personal de las hijas con su madre, de conformidad con lo previsto en el régimen de visitas aprobado judicialmente.
- Tercero. ADVERTIR al señor JAIME OSPINA SARDI que el desacato a lo resuelto en esta providencia le acarreará, cada vez que en él incurra, las sanciones contempladas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
- Habrá de tener presente el señor OSPINA SARDI lo previsto en el artículo 53, inciso 2º, del Decreto mencionado, que dice: "También incurrirá en la responsabilidad penal a que hubiere lugar quien repita la acción o la omisión que motivó la tutela concedida mediante fallo ejecutoriado en proceso en el cual haya sido parte".
- Cuarto. PREVIENESE a la demandante, SANDRA FEI OLIVI, sobre la necesidad de asumir con mayor responsabilidad los deberes que le corresponden como madre de las niñas, los cuales son correlativos a los derechos fundamentales que le han sido conculcados (artículo 95 C.N.).
- Quinto. DENIEGASE, por improcedente, la tutela instaurada contra el Juez 19 de Familia de Santafé de Bogotá, D.C.
- Sexto. DENIEGASE, por haberse hallado carente de todo fundamento, la tutela intentada contra el Procurador General de la Nación.
- Séptimo. El Tribunal Superior de Santafé de Bogotá, D.C. -Sala de Familia- verificará el cabal e íntegro cumplimiento de lo decidido.
- Octavo. LIBRESE la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por273
T-460/24Derechos Al Debido Proceso, Al Trabajo, A La Igualdad Y Al Libre Desarrollo De La Personalidad-Exclusión De Proceso De Selección Por Carecer De Carné De Vacunación Contra El Covid-19T-409/24Derechos A La Vida Digna Y Seguridad Social En Pensiones-Corrección De La Historia Laboral. Cálculo Actuarial Para Pago Extemporáneo De Cotizaciones Por Omisión De Afiliación Al Sistema Y Allanamiento A La Mora.T-388/24Derecho A La Seguridad Social En Pensiones-Reconocimiento Y Pago De La Indemnización Sustitutiva De La Pensión De Vejez Por Tiempos De Servicios Prestados (Cotizados O No) Antes De La Ley 100 De 1993.T-149/24Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Por Embarazo Y Durante El Período De Lactancia-Reglas Jurisprudenciales Sobre El Alcance Del Fuero De Maternidad (Presunción De Despido Discriminatorio).T-121/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Cuidado, Custodia Y Régimen De Visitas En Caso De Violencia Intrafamiliar)-Desconocimiento Del Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes, Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella.T-007/24Derecho A Tener Una Familia Y A No Ser Separado De Ella-Vulneración Por Desconocer La Excepcionalidad De La Medida De Protección (Separación De Los Hijos A Los Padres En Procedimiento De Restablecimiento De Derecho De Niños, Niñas Y Adolescentes). Deber De Aplicar Perspectiva De Género Y El Principio Del Interés Superior Del Menor.
Ver las 273 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.