Sentencia de Tutela9 de diciembre de 1999
T-1002 de 1999
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Yenny Marcela Hernandez
✓
Tema · dato duro
Mujer Embarazada Proteccion Laboral. Derecho A La Estabilidad En El Empleo. No Pueden Exigirse Pruebas De Embarazo Para Condicionar Ingreso O Estabilidad En El Empleo. Pago De Indemnizacion Y Reintegro.Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Transitoria De Mujer Embarazada
- Elementos fácticos que deben demostrarse para el reintegro
Contrato De Trabajo A Termino Fijo
- Renovación sucesiva
- No prórroga expresa conlleva mutación a indefinido
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
- Solicitud de prueba de embarazo para conceder, prorrogar o no despedir del empleo
- Presupuestos para la procedencia de la acción de tutela
Principio De Estabilidad En El Empleo
- Renovación del contrato
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de indemnizaciones laborales o reintegro al empleo
Derecho Al Trabajo De Mujer Embarazada
- Protección constitucional
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito y por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, por los cuales se negó la tutela solicitada por Yenny Marcela Hernández.
- En su lugar, se CONCEDE la protección de los derechos invocados, como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. En consecuencia, se ORDENA a la empresa "Gildardo Echeverri F. y Cía Ltda." que, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta providencia, cancele a Yenny Marcela Hernández la indemnización prevista en el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el 35 de la Ley 50 de 1990.
- Segundo. La sociedad demandada reintegrará a la actora al empleo que desempeñaba, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, siempre que la trabajadora así lo desee.
- Tercero. Será responsable por el exacto e inmediato cumplimiento de este fallo el representante legal de la compañía demandada.
- Cuarto. El desacato a lo aquí dispuesto dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-426/98Despido En Embarazo En Contrato A Termino Fijo. Necesidad De Probar La Comunicacion Oportuna Del Embarazo. Negada.T-373/98Ders. De La Mujer Embarazada. Insubsistencia De Directora De Establecimiento Carcelario. Falta De Prueba Para Demostrar El Embarazo. Negada.C-016/98C.S.T. Arts. 45 Parcial 46 Y 61 Parcial. Duracion Del Contrato De Trabajo. Contrato A Termino Fijo. Exequibles. Ver. <a Href=../1995/C-588-95.Rtf> C-588/95</A>.
Citada por41
T-305/20Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Y Sus Derechos A La Autonomía, A La Intimidad Y A La Nformación Respecto A Examenes Médicos Que Se Realice Y Las Restricciones Para Terceros De Acceder A Sus ResultadosSU.074/20Derecho A La Financiación Excepcional Y Parcial De Tratamientos De Reproducción Humana Asistida De Alta Complejidad (Fertilización In Vitro) Con Cargo A Recursos Públicos, Debe Cumplir Con Los Requisitos Previstos Por La Ley 1953 De 2019T-389/18Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada,SU.075/18Cambio De Jurisprudencia En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Cuando No Se Demuestra Que Empleador Tuvo Conocimiento Del Estado De Gravidez Al Momento Del Despido.C-093/18Desarrollo De La Politica Publica De Prevención De La Infertilidad.T-583/17Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
Ver las 41 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.