Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2000

T-832 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Maria Villero Castro Y Otras

Tema · dato duro
Proteccion A La Mujer Embarazada. Reintegro A Cargos Iguales O Similares. Empresas De Servicios Temporales De Empleo. Derecho Al Trabajo E Igualdad. Derechos Del Niño Por Nacer. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria los días 23 y 24 de noviembre de 1999, por los tribunales superiores del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil el 8 y 12 de octubre (Expedientes 277433 y 277435); por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral el 25 de noviembre de 1999, y por el Tribunal Superior de Barranquilla, Sala 6 de Decisión Laboral (Expediente 277791); por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, Sala Laboral el 13 de diciembre de 1999, y por el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá el 19 de noviembre de 1999 (Expediente 283147); por el Juzgado 16 Penal Municipal de Santa Fe de Bogotá el 9 de marzo de 1999 (Expediente 281401); por el Juzgado 17 Penal Municipal de Santa Fe de Bogotá el 24 de diciembre de 1999 (Expediente 282812); por el Juzgado 12 Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá el 10 de febrero de 2000 (Expediente 301026), por el Juzgado 1 Penal del Circuito de Barranquilla el 20 de enero de 2000 (Expediente 300640); y por el Juzgado 4 Civil del Circuito de Ibagué el 15 de diciembre de 1999.
  2. En consecuencia, CONCEDER el amparo solicitado.
  3. Segundo. ORDENAR que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente Fallo, se reintegre a cargos iguales o similares a los que venían desempeñando, a las siguientes personas en las empresas que se enuncian a continuación: Mónica Villero Castro y Yasmith Herrera Santamaía en la empresa "Acrecer Temporal Ltda."; Martha Ruth Botero Elizalde en la empresa "Textilia Ltda."; Sofia Esther Waldron Galofre en la empresa "Sociedad S.P.I. Internacional"; María del Carmen Coronado, en la empresa "Textilera Rascheltex"; María Cristina Martín en la empresa "SU Temporal Ltda."; Yaqueline Abril Sierra, en la empresa "Listos S.A."; Shirley Rodríguez Ruiz, en la empresa "Acción S.A."; y Mayeli Ospina Gutiérrez en la "Compañía de Empleos Temporales del Tolima Ltda.".
  4. Tercero. ENVIENSE a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su cargo, copia del expediente T-2904706 y de esta providencia.
  5. Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.