Micelio
Sentencia de Tutela9 de diciembre de 2004

T-1236 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Nubia Cecilia Gonzalez Vs. Tejidos Marisol

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Trabajo Y La Vida De Mujer En Estado De Embarazo A Quien Le Fue Terminado Su Contrato De Trabajo A Termino Fijo Inferior A Un Año Por Supuesta Terminación Del Plazo. Solicita Se Ordene Su Reintegro Y La Cancelación De Los Sal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Terminacion Unilateral De Contrato De Trabajo
  • Manifestación expresa de causa y hechos que la sustentan
Derechos Fundamentales De Mujer Embarazada
  • Normas internacionales de protección
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
  • Elementos fácticos que deben demostrarse
  • Protección constitucional especial
Mujer Embarazada
  • Protección constitucional especial
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Cincuenta y Siete Penal Municipal de Bogota, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales invocados por Nubia Cecilia González González y los de su hijo por nacer..
  2. Segundo. ORDENAR, al representante legal de la empresa Tejidos Marisol, que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, reintegre a la señora Nubia Cecilia González González al cargo que desempeñaba o a otro de condiciones similares, y se le cancelen los salarios, la indemnización de que trata el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo y las prestaciones sociales causadas y no pagadas, desde el momento en que fue desvinculada de sus labores hasta que se produzca el reintegro, exceptuando la licencia de maternidad según lo expuesto en la parte motiva.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.