Micelio
Sentencia de Tutela20 de mayo de 1999

T-362 de 1999

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Shirly Puello Rodelo

Tema · dato duro
Der. A La Estabilidad Laboral. Der. A La Maternidad. Despido En Estado De Embarazo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Historia Clinica
  • Examen de gravidez hace parte de la intimidad
Medio De Defensa Judicial
  • Reintegro de servidora pública embarazada
Mujer Embarazada En Provisionalidad O Periodo De Prueba
  • Prórroga automática por tres meses más después de la fecha del parto
Mujer Trabajadora Embarazada
  • Presentación del hecho notorio
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Cartagena, de fecha diez y ocho (18) de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), en la acción de tutela presentada por Shirly Puello Rodelo contra la Unidad Municipal Administradora de Salud "Umasa", de Turbaco, Bolívar. En consecuencia, se concede la tutela solicitada, únicamente en lo relativo a la protección de los derechos a la maternidad de la actora y los derechos del menor, al cuidado de la madre.
  3. Segundo. Para el cumplimiento de la tutela que se concede, si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, la entidad demandada iniciará los trámites para cancelar a la demandante el valor correspondiente a la licencia de maternidad a que tiene derecho la trabajadora mencionada y, además, se dará aplicación al artículo 62 de la ley 443 de 1998, en cuanto dispone que en caso de embarazo, el nombramiento provisional o en período de prueba, "se prorrogará automáticamente por tres meses más después de la fecha del parto", por las razones explicadas en la parte motiva de esta sentencia. Además, la misma entidad demandada prestará la atención en salud, a que tiene derecho el menor.
  4. A los asuntos que son de naturaleza laboral, que involucra derechos patrimoniales, no se extiende el amparo de esta sentencia.
  5. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.