T-280 de 2011
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Marta Mena Mosquera·Demandado Cooperativa De Trabajo Alianza Solidaria Empresarial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Precedente jurisprudencial
- Naturaleza jurídica, definición y características
- Requisitos para protección constitucional
- Improcedencia de tutela por no afectación del mínimo vital
- Requisitos para que proceda acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, estabilidad laboral reforzada, mínimo vital.
La demandante aduce que la Cooperativa de Trabajo Asociado Alianza Solidaria Empresarial O.C. vulneró sus derechos fundamentales, como consecuencia de la suspensión del convenio de asociación aún cuando se encontraba dentro del período de lactancia.
La Sala de Revisión aborda unos cuestionamientos previos relacionados con la competencia del juez constitucional para declarar la existencia de un contrato de trabajo por aplicación del principio de realidad sobre las formas y, a la improcedencia de la acción de tutela como defensa directa cuando no se incoa como mecanismos transitorio.
Así mismo, reitera y armoniza jurisprudencia de la Corte Constitucional respecto a las cooperativas de trabajo asociado, el principio constitucional de primacía de la realidad en las relaciones laborales y, los requisitos para que proceda la protección constitucional del derecho fundamental a la maternidad en el ámbito laboral.
Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela, debido a que el amparo constitucional no procede de forma transitoria y en el presente caso no se produjo un perjuicio irremediable, en la medida que lo solicitado por la demandante es propio de la competencia del juez laboral, que no desplaza el recurso ordinario, porque la presente acción es de carácter residual y subsidiaria.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la decisión adoptada el día dieciocho (18) de noviembre de 2010 por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Quibdó-Chocó, dentro del trámite de la acción de tutela instaurada por Marta Mena Mosquera contra Cooperativa de Trabajo: Alianza Solidaria Empresarial OC .
- SEGUNDO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
- Magistrado
- MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
- Magistrado
- Con salvamento de voto
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- MARTA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.