Micelio
Sentencia de Tutela23 de octubre de 2012

T-834 de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Luz Dary Velez Casas·Demandado Concejo Municipal De Santa Barbara Antioquia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante fue nombrada como Personera Municipal de Santa Bárbara (Antioquia) por un período fijo.

Estando en ejercicio de sus funciones la actora notificó al Concejo Municipal de dicho municipio su estado de embarazo y solicitó que se protegiera el fuero de maternidad y el principio de estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada.

Pese a lo anterior, el Concejo abrió la convocatoria para proveer el cargo de personero y en ella se presentaron varios aspirantes, entre los cuales se inscribió la accionante.

Como consecuencia de la selección se nombró en el cargo a otro candidato, situación que considera la demandante, configura una discriminación por razones del embarazo.

Por su parte, la Corporación accionada alegó haber actuado en cumplimiento de un deber legal y recordó que la estabilidad reforzada asociada a la maternidad, opera frene a cualquier clase de vinculación laboral, pero no beneficia a las mujeres que ocupan cargos de elección popular, ni cargos de elección para períodos fijos.

Así mismo resaltó que la peticionaria participó en el proceso de elección del nuevo personero, en las mismas condiciones que los demás candidatos, lo que descarta que haya sido discriminada por su condición de mujer embarazada.

La Sala analiza la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela para reclamar la estabilidad laboral reforzada derivada de la maternidad. 2º.

Protección de la maternidad frente a cualquier clase de vínculo contractual. 3º.

El principio de primacía de la realidad en las relaciones laborales y 4º.

Referentes normativos y jurisprudenciales relativos a la naturaleza del cargo de personero municipal y los criterios que determinan la manera en que estos funcionarios acceden y se retiran del servicio público.

Se decide confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON la acción de tutela impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia del dieciocho (18) de abril de dos mil doce (2012), proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Barbara, Antioquia, que confirmo el fallo del veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012), mediante el cual el Juzgado Promiscuo Municipal de Santa Barbara, Antioquia, denego la accion de tutela promovida por Luz Dary Velez Casas contra el concejo municipal de Santa Barbara.
  2. Segundo. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.