T-277 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Guido Del Carmen Teta Y Vergara·Demandado Central Terminal De Transportes De Maicao, Centrama S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Requisito de procedibilidad
- Se requiere probar el estado de debilidad y el nexo causal entre éste y el despido
- Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
- Garantías contenidas en la Ley 361 de 1997 y jurisprudencia constitucional sobre su aplicación
- Régimen aplicable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, seguridad social, estabilidad laboral reforzada.
El accionante asumió el cargo de gerente de la Central Terminal de Transportes de Maicao por un período de dos años, tal y como lo establecen los estatutos de la empresa.
Estando en ejercicio de su cargo fue intervenido quirúrgicamente e incapacitado por un período de tres meses, vencidos los cuales se reintegró a sus actividades laborales.
De manera posterior, la Junta Directiva de la empresa se reunió con el propósito de elegir al nuevo gerente que ocuparía el cargo por los siguientes dos años, en razón a que el período del accionante ya había expirado.
A juicio del actor, su desvinculación carece de efectos jurídicos porque no se contó con la autorización de la Oficina de Trabajo para hacerlo, teniendo en cuenta que su estado de salud era delicado, no había terminado el tratamiento para su padecimiento y se encontraba a la espera de una segunda cirugía.
La Sala de Revisión aborda la siguiente temática: 1º.
Jurisprudencia constitucional sobre la procedencia de la acción de tutela para solicitar el reintegro laboral. 2º.
Estabilidad laboral reforzada de personas discapacitadas o con limitaciones físicas y la extensión de dicha estabilidad. 3º.
Nexo causal entre la desvinculación y la discapacidad y 4º.
Estabilidad laboral reforzada en cargos de libre nombramiento y remoción.
Se concluye que, no hubo por parte del empleador una acción positiva encaminada al despido o terminación del contrato del accionante, sino que, la desvinculación del cargo se dio por el paso del tiempo, es decir, por el vencimiento del plazo determinado en los estatutos, para su duración.
DENEGADA
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR por las razones expresadas en esta providencia, el fallo con fecha del 22 de agosto de 2011, proferido por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo del Circuito de Maicao, que a su turno revoco la sentencia dictada por el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Maicao, el 10 de agosto de 2011, dentro de la accion de tutela iniciada por Guido del Carmen Tetay Vergara, contra la Central Terminal de Transportes de Maicao, CENTRAMA S.A.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.