Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de marzo de 2005Sala Plena

C-181 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Pedro Antonio Turbay Salcedo

Tema · dato duro
Contrato De Arrendamiento De Vivienda Urbana. Constitución De Garantía Para Avalar El Pago De Servicios Públicos Domiciliarios Es Opcional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contrato De Arrendamiento De Vivienda Urbana
  • Constitución de garantía para avalar el pago de servicios públicos domiciliarios es opcional
  • Finalidad de la constitución de garantía que avale el pago de servicios públicos domiciliarios
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Ineptitud sustantiva por incumplimiento del requisito de certeza del cargo
  • Oportunidad para definir si reúne los requisitos de procedibilidad
  • Requisitos de concepto de violación
  • Requisitos para proferir fallo de fondo
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 820 de 2003 art. 15.

Se expide el regimen de arrendamiento de vivienda urbana y se dictan otras disposiciones.

Reglas sobre los servicios públicos domiciliarios y otros.

Planteamiento sobre una posible ineptitud sustancial de la demanda.

Presupuestos que debe tener en cuenta el ciudadano para formular en debida forma una demanda de inconstitucionalidad.

Ineptitud sustancial de la demanda formulada contra el articulo 15 de la ley 820 de 2003.

Inhibida para emitir pronunciamiento de fondo

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 820/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 15Ley 820/03INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto del articulo 15 de la Ley 820 de 2003, por haberse presentado una ineptitud sustancial de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.