Micelio
Sentencia de Unificación11 de junio de 2015Sala Plena

SU- de 2015

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Gustavo Francisco Petro Urrego·Demandado Procuraduria General De La Nacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Acto Administrativo Sancionatorio De Alcalde
  • Improcedencia en el caso Petro, por cuanto existe el recurso de nulidad y restablecimiento del derecho y el régimen de medidas cautelares como la suspensión provisional, según ley 1437/1
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo Sancionatorio
  • Procedencia excepcional
  • Improcedencia general
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo
  • La evaluación de los medios de defensa judicial debe ser en concreto tomando en cuenta su eficacia en las circunstancias específicas
  • Existencia de recursos administrativos o acciones judiciales para controvertirlos no excluye automáticamente el uso de la acción de tutela
  • Procedencia general
Corte Constitucional
  • Debe ejercer control de convencionalidad de las normas internas cuando existe contradicción con decisión internacional
Corte Interamericana De Derechos Humanos
  • Sentencias constituyen precedente vinculante
Funciones Del Procurador General De La Nacion
  • Competencia para imponer sanciones está sujeta a la libertad de configuración del legislador
  • Función de vigilancia no equivale a juzgamiento
Juez Constitucional
  • Debe valorar si el medio de defensa judicial existente cumple con los requisitos de idoneidad y eficacia
Medidas Cautelares En El Proceso De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Ley 1437 de 2011 art. 229
  • Medidas preventivas, conservativas, anticipativas o de suspensión provisional, según ley 1437/11
Control De Convencionalidad
  • Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Competencia De La Procuraduria General Para Imponer Sancion Disciplinaria De Destitucion E Inhabilidad General A Servidor Publico
  • No vulnera el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos ni el artículo 93 de la Constitución Política
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado De Caracter Transitorio
  • Se detuvo la sanción disciplinaria del Alcalde Gustavo Petro
Poder Disciplinario Del Procurador General De La Nacion Para Sancionar E Inhabilitar Servidores Publicos De Eleccion Popular
  • Necesidad de un cambio jurisprudencial por su incompatibilidad con estándares internacionales de respeto a derechos políticos
Suspension Provisional Como Medida Cautelar En El Proceso De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Procede por violación de las normas invocadas o en la solicitud que se formule
Estandares Internacionales De Proteccion De Derechos Politicos
  • Necesidad de armonizar el ordenamiento jurídico interno frente a ellos
Procurador General De La Nacion
  • Competencia para investigar y sancionar disciplinariamente a quienes desempeñen funciones públicas
19 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, ejercicio de derechos políticos, honra, buen nombre.

Sentencia de unificación.

La acción de tutela es instaurada por el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego en contra de la Procuraduría General de la Nación por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, en virtud de las actuaciones adelantadas en el trámite del proceso disciplinario en su contra, según el cual, el ente de control llegó a la certeza de la comisión de las faltas imputadas en el pliego de cargos, decidiendo declararlo disciplinariamente responsable e imponerle como sanción, la destitución del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá y la inhabilitación general por el término de quince años.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La competencia sancionatoria del Procurador General de la Nación o de sus delegados y agentes sobre personas que ejercen funciones públicas, incluidas las de elección popular. 2º.

El carácter subsidiario de la acción de tutela y la jurisprudencia constitucional relativa a su procedencia respecto de los actos administrativos sancionatorios. 3º.

El medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho y el régimen de las medidas cautelares, en particular de la suspensión provisional en la Ley 1437 de 2011.

La Corte concluye que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE, por la existencia de los medios judiciales idóneos y eficaces previstos en la Ley 1437 de 2011, por la cual se adoptó el Código de Procedimiento Administrativo y de Contencioso Administrativo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada para decidir el presente asunto.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas, la sentencia de fecha marzo 5 de 2014 adoptada por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónJorge Iván Palacio PalacioAclaraciónAlberto Rojas RíosAclaraciónMyriam Avila Roldán
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.