C-620 de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Protocolo Adicional Al Acuerdo Marco De La Alianza Del Pacifico Y De La Ley Aprobatoria 1746 De 2015
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Oportunidad
- Características
- Mayores niveles de intensidad cuando la materia regulada incide decisivamente sobre valores, principios, derechos o bienes jurídicos de relevancia constitucional
- Test de razonabilidad y proporcionalidad
- Doctrina non self executing
- Requisitos mínimos
- Aplicación de sus decisiones sobre determinadas materias por parte de los Estados parte
- Primacía más no supremacía de normas que se expida
- No es claro el mecanismo de control de decisiones adoptadas en desarrollo de obligaciones contenidas en el Protocolo Adicional al Acuerdo marco de la Alianza del Pacifico
- Teoría del Estado constitucional cooperativo
- Identificación de cláusulas de apertura constitucional para analizar la eficacia directa de decisiones que se adopten por organismos supraestatales
- De largo plazo y no generan preferencias directas a micro, pequeñas y medianas empresas pero están dirigidas a incentivar su participación en el mercado de las compras gubernamentales
- Facilitación a través de la reducción de medidas que otorguen trato preferencial
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios de desempate
- Incentivos
- Cláusula de “nación más favorecida” resulta constitucional, sustentado en el precedente constitucional, en el que se ha declarado la exequibilidad de este tipo de disposiciones en múltiples a
- Comercio electrónico
- Comercio transfronterizo de servicios
- Creación de la Comisión de Libre Comercio e implementación de sus decisiones en el derecho interno
- Facilitación del comercio y cooperación aduanera
- No se consideró la revisión judicial de decisiones que adopte la Comisión de Libre Comercio por lo cual se puede afectar la legitimidad democrática del tratado al transferir competencias a un
- Prohibición de adoptar, mantener o reintroducir subvenciones a exportaciones de productos agrícolas
- Servicios financieros
- Servicios marítimos
- Tratamiento y procesamiento de datos personales en servicios financieros y comercio electrónico
- Acceso a mercados
- Medidas sanitarias y fitosanitarias
- No requería para el trámite de aprobación interna, la aprobación de una consulta previa a las comunidades indígenas y tribales
- Participación de micro, pequeñas y medianas empresas de Estados parte en la contratación pública
- Régimen de solución de controversias
- Tanto el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, como también este protocolo adicional que lo complementa, han debido ser consultados con las comunidades étnicas del pacífico colombiano
- Toda apertura comercial debe estar precedida de una valoración adecuada de su necesidad, protección de sectores sensibles de la economía y preparación de su infraestructura
- Concepto e importancia
- Tendencia monista o dualista sobre su ubicación jerárquica
- Incidencia directa en el sistema de fuentes del derecho
- Posición en el sistema de fuentes del derecho interno
- Acceso y tratamiento de la información personal que otorguen entidades financieras de los Estados partes
- Contenido y alcance
- Excepción a la votación nominal y pública
- Contenido y alcance
- Autonomía de autoridad monetaria, cambiaria y crediticia
- Estándares vinculantes a ser tenidos en cuenta por Banco de la República sin comprometer su autonomía
- Contenido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido
- Disposición no es suficiente para alcanzar criterio de igualdad en el ingreso de nuestro sector agrícola a un escenario de competencia comercial internacional y de libre comercio
- Criterios de selección y calificación de propuestas de micro, pequeñas y medianas empresas deben observar ciertas reglas
- Concepto según la doctrina
- Obligaciones en cabeza de entidades contratantes
- Otorgan preferencias directas a pequeñas y medianas empresas con la finalidad de incentivar su participación en un sector económico específico
- Jurisprudencia constitucional
- Aplicación del principio de trato nacional y de reciprocidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, firmado en Cartagena de Indias, República de Colombia, el 10 de febrero de 2014 y, de la Ley Aprobatoria número 1746 del 26 de diciembre del 2014.
La Corte avaló la constitucionalidad del Acuerdo Comercial de la Alianza del Pacífico celebrado con Perú, Chile y México y llamó la atención para que toda apertura comercial esté precedida de una valoración adecuada de su necesidad, protección de sectores sensibles de la economía y preparación de su infraestructura.
Expuso además, que si en la ejecución o desarrollo del Protocolo Adicional de Liberación Comercial se presentan situaciones o problemas que comprometan derechos constitucionales, los ciudadanos podrán acudir a las autoridades administrativas o judiciales correspondientes para que, en el marco de sus competencias y a través de las acciones pertinentes, se garanticen los valores, principios y tales derechos.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1746/14. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1746 de 26 de diciembre de 2014, "Por medio de la cual se aprueba el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacifico, firmado en Cartagena de Indias, Republica de Colombia, el 10 de febrero de 2014".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el "Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacifico, firmado en Cartagena de Indias, Republica de Colombia, el 10 de febrero de 2014".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.