C-277 de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante --·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Clases de acuerdos
- Finalidad
- Funciones
- Importancia para los pueblos indígenas que obtienen sus alimentos en las cuencas hidrográficas
- Control tripartito en su incorporación
- No se requiere cuando disposiciones de tratado no la afecta de manera directa y específica
- Aspectos que comprende
- No es exigible
- Aplicación de parámetros constitucionales y jurisprudenciales
- Regulación normativa
- Se ajusta a la Constitución Política
- Jurisprudencia constitucional
- Prohibición
- Contenido y alcance
- Autoridades Nacionales
- Características
- Control material
- Control formal y material
- Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
- Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
- Principios de consecutividad e identidad flexible
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 2313 de 2023, por medio de la cual se aprueba el Protocolo de enmienda del Acuerdo de Marrakech por el cual se establece la OMC, mediante el cual se inserta el texto del acuerdo sobre subvenciones a la pesca, adoptado por el Consejo General de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, el 17 de junio de 2022.
Realizado el control formal y material de los precitados instrumentos jurídicos encontró la Corte que cumplieron los requisitos previstos para su formación y que sus contenidos se ajustaron a la Constitución y a la ley.
Se declaró EXEQUIBLE el Protocolo de enmienda revisado y su ley aprobatoria.
No obstante, la Corte consideró pertinente exhortar a las autoridades nacionales a cumplir con las normas internacionales ratificados por la República de Colombia y con las disposiciones nacionales vigentes, relacionadas con la explotación de las especies marinas y la conservación de los océanos.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2313/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se Establece la OMC, mediante el cual se inserta el texto del Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca", adoptado por el Consejo General de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, el 17 de junio de 2022.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 2313 del 2 de agosto de 2023, por medio de la cual se aprueba el "Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC, mediante el cual se inserta el texto del Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca", adoptado por el Consejo General de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, el 17 de junio de 2022.
- Tercero. EXHORTAR a las autoridades nacionales a cumplir con las normas internacionales ratificadas por la República de Colombia y con las disposiciones nacionales vigentes, relacionadas con la explotación de las especies marinas y la conservación de los océanos.
- Cuarto. Disponer que se comunique esta sentencia al Presidente de la República para lo de su competencia, así como al Presidente del Congreso de la República.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.