Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de julio de 2018Sala Plena

C-073 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Ley 902 De 2017

Tema · dato duro
Reforma Rural Integral. Implementación Del Acuerdo Final De Paz En Materia De Tierras.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consulta Previa
  • Afectación directa
  • Condiciones
Baldios
  • Adjudicación
  • Concepto
  • Desarrollo normativo
  • Imprescriptibilidad
  • Jurisprudencia constitucional
Decreto Ley 902 De 2017
  • Se expide en ejercicio de facultades atribuidas por el artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016
Decreto Ley Mediante El Cual Se Adoptan Medidas Para Facilitar La Implementacion De La Reforma Rural Integral Contemplada En El Acuerdo Final
  • Beneficiarios
  • Desarrolla artículo 64 de la Constitución Política de 1991
  • Enfoque étnico
  • Objeto
  • Ocupantes de baldíos
  • Priorización de derechos de acceso y formalización
  • Proyectos productivos sostenibles
  • Recursos para el saneamiento de resguardos indígenas
  • Subcuenta de acceso para la población campesina, comunidades, familias y asociaciones rurales
  • Subcuenta de tierras para la dotación a comunidades indígenas
  • Tributos
  • Aspectos procedimentales
  • Conexidad estricta y suficiente
  • Derecho a la consulta previa
  • Estricta necesidad
  • Examen de requisitos formales
  • Exequibilidad parcial e inexequibilidad de ciertos apartes
  • Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral
  • Formalización de la propiedad
  • Formas de acceso a la tierra
  • Límites competenciales
  • Ocupantes indebidos
  • Registro de Sujetos de Ordenamiento RESO
  • Sujetos de acceso a tierra y formalización a título parcialmente gratuito
Decretos Ley Expedidos En Ejercicio De Facultades Presidenciales Para La Paz
  • Límites a la competencia atribuida al Presidente de la República por el Acto Legislativo 01 de 2016
  • Requisitos formales
Derecho De Acceso A La Tierra De Los Campesinos Y Trabajadores Rurales
  • Carácter progresivo
  • Garantía constitucional
  • Obligación Estatal
  • Desarrollo jurisprudencial
Expropiacion
  • Derecho del particular cede ante el interés general
Facultades Presidenciales Para La Paz
  • Competencia de la Corte Constitucional en la revisión de los decretos dictados al amparo del artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016 comprende aspectos formales y asuntos de índole sustantivo
  • Requisito de conexidad suficiente
  • Reserva estricta de ley
  • Carácter excepcional, temporal y limitado
  • Límites por el factor temporal
  • Límites relativos a la conexidad con el Acuerdo Final
  • Límites relativos a la estricta necesidad
  • Requisito de conexidad estricta, juicio de finalidad o conexidad teleológica
  • Requisito de conexidad objetiva
  • Valoración de la conexidad estricta
Procedimiento Para Implementar Planes De Ordenamiento Social De La Propiedad Rural
  • Fases
  • Garantía del Juez natural
  • Generalidades
  • Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos
  • No afectación de los derechos adquiridos a grupos étnicos
Propiedad Rural
  • Ordenamiento social
  • Planes de Ordenamiento Social
Reforma Agraria
  • Constitución Política de 1991
  • Desarrollo normativo
Reforma Rural Integral
  • Antecedentes
  • Buena fe, coherencia e integralidad
  • Participación de las comunidades
  • Ejes de acción
  • Finalidades
  • Función social y ecológica de la propiedad privada
Potestad Reglamentaria
  • No es exclusiva del Presidente de la República
Acceso A La Tierra
  • Desarrollo normativo
Acuerdo Final Para La Terminacion Del Conflicto Y La Construccion De Una Paz Estable Y Duradera
  • Cumplimiento de buena fe por parte de las instituciones y autoridades del Estado
  • No opera como parámetro normativo para el ejercicio de la función legislativa
Democratizacion De La Propiedad
  • Consagración constitucional
Derecho A La Consulta Previa
  • Procedencia respecto de medidas de implementación del Acuerdo Final
Expropiacion Por Via Administrativa
  • Fijación de previa y justa indemnización
Indemnizacion Por Expropiacion
  • Criterios jurisprudenciales
  • Realización en forma previa
Principios De Progresividad Y No Regresividad
  • Limitan la libertad de configuración legislativa, pero no la petrifican
Proceso De Expropiacion
  • Garantías del debido proceso
Propiedad Agraria
  • Antecedentes históricos
32 temas · 90 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión oficiosa de constitucionalidad del Decreto Ley 902 de 2017, por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización de tierras.

La Corte reiteró los parámetros para el control constitucional de los decretos expedidos por el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2016, efectuó el examen de los requisitos formales y materiales de la norma y, se pronunció sobre el derecho fundamental a la consulta previa y su procedencia respecto de medidas de implementación del Acuerdo Final.

Luego de realizar lo anterior, concluyó la Sala que el Decreto objeto de revisión no reviste en su mayor parte problemas de constitucionalidad, y por lo tanto declaró EXEQUIBLES la mayor parte de sus disposiciones, a excepción del artículo 78 que lo declaró INEXEQUIBLE al igual que unas expresiones contenidas en los artículos 7 y 8.

Los artículos 19, 55, 60 y 64 también fueron declarados EXEQUIBLES pero de manera condicionada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 01/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaActo_legislativo 01/16INEXEQUIBLE
Sobre toda la normaActo_legislativo 01/16INEXEQUIBLE
Art. 1Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 11Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 12Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 13Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 14Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 15Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 16Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 17Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 18Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 19Decreto 902/17 «de que se refiere también a las demás comunidades étnicas cuando presenten la misma situación de ocupación de predios al interior de sus tierras comunales por personas que no pertenecen a dichas comunidades, o sea necesaria la reubicación.»EXEQUIBLE· condicionado
Art. 2Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 20Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 21Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 22Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 23Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 24Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 25Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 26Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 27Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 28Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 29Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 30Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 31Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 32Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 33Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 34Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 35Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 36Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 37Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 38Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 39Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 4Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 40Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 41Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 42Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 43Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 44Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 45Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 46Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 47Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 48Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 49Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 5Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 50Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 51Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 52Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 53Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 54Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 56Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 57Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 58Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 59Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 6Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 61Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 62Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 63Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 64Decreto 902/17 «en el entendido de que la colaboración de que se valdrá la Agencia Nacional de Tierras para el objeto de dicho artículo, se predicará de todas las comunidades y pueblos étnicos en el territorio nacional.»EXEQUIBLE· condicionado
Art. 65Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 66Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 67Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 68Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 69Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 7Decreto 902/17INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“administrativos” contenida en el parágrafo 1»
Art. 70Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 71Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 72Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 73Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 74Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 75Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 76Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 77Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 78Decreto 902/17INEXEQUIBLE
Art. 79Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 8Decreto 902/17INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“y formalización” respecto de las obligaciones previstas en los numerales 1 y 2 de este artículo.»
Art. 80Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 81Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 82Decreto 902/17EXEQUIBLE
Art. 9Decreto 902/17EXEQUIBLE
81 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos decretada por el Auto 381 del 26 de julio de 2017:
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 56, 57, 58, 59, 61, 62, 63, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 79, 80, 81 y 82 del Decreto Ley 902 de 2017, "Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementacion de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, especificamente el procedimiento para el acceso y formalizacion y el Fondo de Tierras".
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 7 del Decreto Ley 902 de 2017, con excepcion de la expresion "administrativos" contenida en el paragrafo 1 que se declara INEXEQUIBLE.
  4. Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 8 del Decreto Ley 902 de 2017, con excepcion de la expresion "formalizacion" que se declara INEXEQUIBLE respecto de las obligaciones previstas en los numerales 1 y 2 de este articulo.
  5. Quinto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 19 del Decreto Ley 902 de 2017, bajo el entendido de que se refiere tambien a las demas comunidades etnicas cuando presenten la misma situacion de ocupacion de predios al interior de sus tierras comunales por personas que no pertenecen a dichas comunidades, o sea necesaria la reubicacion.
  6. Sexto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 55 del Decreto Ley 902 de 2017, bajo el entendido de que (i) la expresion "adoptara" del inciso
  7. cuarto. de dicho articulo, se refiere a la implementacion de Mecanismos Alternativos de Solucion de Conflictos y no a la expedicion de normas reglamentarias en esta materia. (ii) Los efectos del inciso
  8. tercero. del mismo articulo, se extienden a los derechos adquiridos de las comunidades negras, afrodescendientes, palenques y raizales del pais.
  9. Septimo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 60 del Decreto Ley 902 de 2017, en el entendido de que los "manuales operativos" de que trata el literal b) del Numeral 1 de dicho articulo se limiten a las normas operativas internas del procedimiento unico para el tramite de los asuntos que tratan los numerales 1 y 2 del articulo 58 del dicho decreto.
  10. Octavo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 64 del Decreto Ley 902 de 2017, en el entendido de que la colaboracion de que se valdra la Agencia Nacional de Tierras para el objeto de dicho articulo, se predicara de todas las comunidades y pueblos etnicos en el territorio nacional.
  11. Noveno. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 78 del Decreto Ley 902 de 2017.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoGloria Stella Ortiz DelgadoSalvamentoCarlos Libardo Bernal PulidoAclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.