Micelio

Artículo 58

Asuntos A Tratar A Través Del Procedimiento Unico

Decreto 902 de 2017 · “Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras”

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asuntos a tratar a través del Procedimiento Unico. A través del Procedimiento Único se adelantarán los siguientes asuntos

1.

Asignación y reconocimiento de derechos de propiedad sobre predios administrados o de la Agencia Nacional de Tierras.

2.

Asignación de recursos subsidiados o mediante crédito para la adquisición de predios rurales o como medida compensatoria.

3.

Formalización de predios privados.

4.

Clarificación de la propiedad, deslinde y recuperación de baldíos de que trata la Ley 160 de 1994.

5.

Extinción judicial del dominio sobre tierras incultas de que trata la Ley 160 de 1994.

6.

Expropiación judicial de predios rurales de que trata la Ley 160 de 1994.

7.

Caducidad administrativa, condición resolutoria del subsidio, reversión y revocatoria de titulación de baldíos de que trata la Ley 160 de 1994.

8.

Acción de resolución de controversias sobre la adjudicación de que trata el presente decreto ley.

9.

Acción de nulidad agraria de que trata el presente decreto ley.

10.

Los asuntos que fueren objeto de acumulación procesal conforme al artículo 56.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2018
    C-073/18ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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