Micelio
Sentencia de Tutela30 de octubre de 2017

T-664 de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Henry Aviles Hoyos·Demandado Empresa El Rancho De Junda Sas Y Otro

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Obtener Reintegro Laboral. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Obterner Reintegro Laboral
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada
  • Se presume la discriminación cuando el empleador, conociendo la situación, retira del servicio a una persona que por sus condiciones de salud es beneficiario de la estabilidad laboral reforzada
3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor aduce que la accionada vulneró sus derechos fundamentales al dar por terminado su contrato de trabajo, a pesar de encontrarse en tratamiento de diálisis para el manejo de su diagnóstico de insuficiencia renal crónica terminal.

La empresa demandada alegó no conocer la afectación del estado de salud del entonces trabajador y, que de éste, solo tuvo conocimiento con posterioridad a la culminación del vínculo laboral. se analiza temática relacionada con: 1º.

El principio de no discriminación como fundamento de la garantía a la estabilidad laboral reforzada por fuero de salud y, 2º.

El principio de solidaridad como pilar de dicha garantía.

Se reitera que, según la jurisprudencia de la Corporación, para que opere la garantía del derecho a la estabilidad laboral reforzada de personas afectadas por una enfermedad se requiere el conocimiento previo del empleador de dicha condición, sin la cual no es posible estudiar la existencia de un posible acto discriminatorio.

Se advierte al peticionario que tiene completa libertad para acudir ante la jurisdicción ordinaria laboral, en caso de que desee someter la discusión de los extremos laborales a un debate probatorio más profundo del que es posible en un escenario de tutela.

Se NIEGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de Rionegro (Antioquia), proferida el 17 de marzo de 2017, en el sentido de NEGAR la accion de tutela, por no encontrar vulnerados los derechos fundamentales alegados por el accionante.
  3. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.