Micelio
Sentencia de Tutela8 de marzo de 2017

T-151 de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Alexander Sanchez Naranjo Y Otros·Demandado Empresa Temporal Soluciones Horizonte Y Otros

Tema · dato duro
Estabilidad Ocupacional Reforzada En Contratos De Prestacion De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Reiteración de jurisprudencia en relación con el análisis del requisito de inmediatez
Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada
  • Orden a compañía reintegrar a accionante, teniendo en cuenta restricciones médicas del caso y pagar 180 días de remuneración laboral, acorde con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997
  • Alcance
Subordinacion
  • Definición
Precedente Constitucional
  • Concepto
  • Carácter vinculante
Precedente Judicial
  • Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
11 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se resuelven tres casos en los cuales los accionantes aducen que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por las empresas empleadoras, al desvincularlos de sus lugares de trabajo sin obtener el correspondiente permiso del Ministerio de Trabajo, a pesar de tratarse de personas con especiales condiciones de salud.

Se aborda temática relacionada con el fundamento constitucional, legal y jurisprudencial de la estabilidad ocupacional reforzada para las personas en condiciones de debilidad manifiesta por problemas de salud, especialmente en los contratos de prestación de servicios y los contratos laborales a término definido.

En dos asuntos se confirman las decisiones de instancia que denegaron el amparo solicitado y, en el tercero, se declara ineficaz la terminación del contrato y se ordena a la accionada reintegrar al actor al cargo que ostentaba antes de la desvinculación laboral, teniendo en cuenta las restricciones médicas del caso.

Además, se le ordena pagar al peticionario 180 días de remuneración salarial, acorde con lo previsto por el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las decisiones judiciales proferidas al interior de los expedientes T-5.738.118 y T- 5.802.665, acorde con lo expuesto en la parte motiva del presente proveido.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida el 19 de septiembre de 2016, por el Juzgado Doce Civil del Circuito de Bogota, al interior del expediente T-5.824.313, y en su lugar DECLARAR ineficaz la terminacion del contrato suscrito entre la empresa HERRAJES DUDI S.A.S. y el senor Yustin David Quilindo Serna.
  3. TERCERO. ORDENAR a HERRAJES DUDI S.A.S. que en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente proveido, (i) reintegre al senor Yustin David Quilindo Serna al cargo que ostentaba antes de la desvinculacion laboral, teniendo en cuenta las restricciones medicas del caso, y (ii) pague 180 dias de remuneracion salarial, a favor del senor Yustin David Quilindo Serna, acorde con lo previsto por el articulo 26 de la Ley 361 de 1997.
  4. CUARTO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.